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Subdirección Procedimientos Extrajudiciales de Resolución de Conflictos Colectivos

La Subdirección Procedimientos Extrajudiciales de Resolución de Conflictos Colectivos depende jerárquicamente de la Dirección Nacional.

Subdirectora (S) de Procedimientos Extrajudiciales de Resolución de Conflictos Colectivos: Carolina Norambuena Arizábalos.

Subdirección encargada de liderar las instancias institucionales y desarrollar los procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos, con el fin de proteger el interés colectivo o difuso de los consumidores, los que comprenden, entre otros, los procedimientos voluntarios para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores (en adelante "Procedimientos Voluntarios Colectivos" o "PVC"), mesas de trabajo y otro tipo de negociaciones desformalizadas a llevarse a cabo con proveedores, orientados a alcanzar acuerdos para resolver problemáticas colectivas de consumo. Lo anterior, de conformidad a la normativa legal y reglamentaria vigente y/o los instrumentos de gestión institucional que se encuentren vigentes.

Para todo lo anterior, la Subdirección tendrá la supervisión, control y misión de las siguientes funciones:

  • Liderar la gestión, coordinación y tramitación de los procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos orientados a proteger el interés colectivo o difuso de los consumidores, sean de naturaleza financiera o no financiera, incluyendo los PVC consagrados en el párrafo 4° del Título IV de la Ley N° 19.496, en el ejercicio de lo regulado en el artículo 58 letra f), a nivel nacional (que tengan impacto o incidencia en dos o más regiones del país o bien, cuando la Dirección Nacional, el Comité de Consultivo de Casos Colectivos así lo disponga).
  • Recabar y analizar los antecedentes que resulten necesarios y gestionar las instancias de coordinación institucional a fin de que el Servicio resuelva adecuadamente sobre la apertura o no de un PVC u otro procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos colectivos, articulando, si fuere necesario, el relacionamiento con otros CdR del Servicio, como también, coordinando e informando oportunamente a las Asociaciones de Consumidores y a los proveedores involucrados.
  • Analizar y revisar el expediente de investigación confeccionado por el equipo investigador respectivo, conforme a los instrumentos de gestión institucional que se encuentren vigentes.
  • Gestionar, analizar, tramitar y proponer la resolución de las denuncias fundadas presentadas por Asociaciones de Consumidores en orden a aperturar un PVC u otra materia de su competencia.
  • Gestionar, analizar, tramitar y proponer la resolución de las solicitudes presentadas por los proveedores en orden a aperturar un PVC u otra materia de su competencia.
  • Analizar jurídicamente las herramientas o los mecanismos de validación de implementación y cumplimiento de las propuestas de solución entregadas por los proveedores, en el marco de los PVC financieros y no financieros u otros procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos colectivos.
  • Redactar los términos de los acuerdos que se adopten, en el marco de los PVC u otros procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos colectivos, sean de naturaleza financiera o no financiera. En dicho contexto, la Subdirección dictará las resoluciones que contendrán los acuerdos alcanzados con los proveedores en el marco de dichas instancias.
  • Tramitar el proceso judicial no contencioso relativo al efecto erga omnes de los acuerdos de los PVC financieros y no financieros contenidos en las respectivas resoluciones de término dictadas por la Subdirección, a fin de que sean presentados para su resolución ante el juez de letras en lo civil competente, conforme al artículo 54 Q de la Ley N° 19.496.
  • Hacer seguimiento de la implementación y cumplimiento de los términos de los acuerdos y obligaciones de las partes contenidas en la resolución dictada al efecto por la Subdirección respecto de los PVC u otros procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos colectivos, sean de naturaleza financiera o no financiera asignados. Esta función se realiza coordinadamente con el Departamento de Investigación Económica.
  • Consolidar la información asociada a la gestión de los PVC de alcance nacional como regional.
  • Consolidar la información asociada a los procedimientos extrajudiciales de resolución de conflictos colectivos, sean de naturaleza financiera o no financiera, que tramite la Subdirección.
  • Prestar soporte técnico y estratégico a los Directores Regionales en la tramitación de PVC con alcance regional.

El Sernac

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