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Subdirección Procedimientos Voluntarios Colectivos

La Subdirección de Procedimientos Voluntarios Colectivos depende jerárquicamente de la Dirección Nacional.

Subdirectora (S) de Procedimientos Voluntarios Colectivos: Carolina Norambuena Arizábalos.

Las responsabilidades de esta subdirección son:

  • Gestionar, coordinar y tramitar los procedimientos voluntarios para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores (PVC) a nivel nacional de carácter financiero y no financiero, ya sea, por comunicación directa que reciba a raíz de una situación de contingencia o alerta, como por el análisis previo del expediente de investigación confeccionado por el equipo investigador respectivo y derivado por el Comité Consultivo de Casos Colectivos, como también por la recepción de una autodenuncia de un proveedor o de una denuncia fundada de una Asociación de Consumidores. Lo anterior, en conformidad a los instructivos, resoluciones y normativa legal vigente.
  • Liderar y coordinar las instancias de decisión de apertura de un Procedimiento Voluntario Colectivo, si es necesario articulandose tanto con otros Centros de Responsabilidad del Servicio, como también coordinando e informando oportunamente a las Asociaciones de Consumidores y a los Proveedores involucrados.
  • Analizar y revisar el expediente de investigación confeccionado por el equipo investigador respectivo y derivado por el Comité Consultivo de Casos Colectivos, conforme a los procedimientos e instructivos internos vigentes.
  • Dictar las resoluciones que en derecho correspondan en el marco de la tramitación de los procedimientos voluntarios para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores.
  • Coordinar y ejecutar las audiencias con las contrapartes (proveedores y asociaciones de consumidores, en su caso) de los PVC financieros y no financieros u otras tareas asignadas. Gestionando, para ello, la emisión de oficios a las contrapartes mencionadas, ya sea, para el desarrollo de audiencias, como para la solicitud de antecedentes.
  • Asimismo, coordinar y ejecutar reuniones técnicas de trabajo con los órganos de la Administración de Estado en que sea pertinente su coordinación.
  • Proponer, redactar y validar los términos de los acuerdos que se suscriban entre las partes en el marco de un procedimiento voluntario colectivo financiero y no financiero.
  • Hacer seguimiento de la implementación y cumplimiento de los términos de los acuerdos y obligaciones de las partes contenidas en la resolución dictada al efecto por la Subdirección de Procedimientos Voluntarios Colectivos respecto de los procedimientos voluntarios para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores financieros y no financieros asignados.
  • Analizar jurídicamente las herramientas o los mecanismos de validación de implementación y cumplimiento de las propuestas de solución entregadas por los proveedores, en el marco de los procedimientos voluntarios colectivos financieros y no financieros asignados.
  • Realizar levantamiento de cláusulas abusivas en contratos de adhesión y de prácticas de proveedores desajustadas a la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, cuando corresponda, proponiendo curso de acciones a seguir.
  • Participar en reuniones convocadas por la Dirección Nacional, Subdirección Jurídica, Subdirección de Consumo Financiero y Comité Consultivo de Casos Colectivos.
  • Redactar las solicitudes de aprobación de las resoluciones que contienen los acuerdos alcanzados con los proveedores en el marco de un procedimiento voluntario para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores, a fin de que sean presentadas y aprobadas por el juez de letras en lo civil correspondiente conforme al artículo 54Q de la Ley N°19.496.
  • Redactar denuncias al Ministerio Público y denuncias en sede administrativa, a requerimiento de la Dirección Nacional, en coordinación con la Fiscalía Administrativa.
  • Confeccionar minutas legales, oficios u otros documentos a requerimiento de la Dirección Nacional o requerimiento del Comité Consultivo de Casos Colectivos.
  • Emitir los reportes periódicos de los productos estratégicos de responsabilidad de la Subdirección de Procedimientos Voluntarios Colectivos, cuya gestión se ha encomendado . Asimismo, los relativos a elementos constitutivos de indicadores y metas institucionales y, en particular, los de la Subdirección de Procedimientos Voluntarios Colectivos.
  • Mantener actualizado el registro documental disponible para la gestión de procedimientos voluntarios para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores financieros y no financieros y otras herramientas de protección.
  • Analizar y entregar información y antecedentes solicitados por la Fiscalía Administrativa, en la gestión de los requerimientos de solicitud de información regidos por la Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública y procedimientos e instructivos internos vigentes cuando ello sea pertinente.
  • Proveer soporte jurídico al Departamento de Comunicaciones Estratégicas visando comunicados de prensa, minutas, afiches, informaciones u otros documentos que requieran de asesoría respecto de los procedimientos voluntarios para la protección del interés colectivo o difuso de los consumidores.
  • Participar en la gestión de ajuste de resoluciones, instructivos y procedimientos asociados a los productos en que tenga participación la Subdirección de Procedimientos Voluntarios Colectivos.
  • Cautelar el cumplimiento de metas y compromisos de la Subdirección y sus áreas.
  • Coordinar y/o participar de los distintos comités o instancias relacionados al cumplimiento de las funciones antes señaladas.
  • Velar por el cumplimiento de los procedimientos/políticas transversales, en las distintas áreas de la Subdirección, así como promover una cultura de cumplimiento en los equipos a cargo.
  • Analizar y entregar información y antecedentes solicitados por la Fiscalía Administrativa, en la gestión de los requerimientos de solicitud de información regidos por la Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública y procedimientos e instructivos internos vigentes cuando ello sea pertinente.

El Sernac