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Cerca de 2 mil Alertas Ciudadanas ha recibido el SERNAC este año

Esta herramienta, en vigencia desde la entrada en vigencia de la nueva ley en marzo pasado, permite al SERNAC visualizar malas prácticas o problemas de consumo que pueden nutrir su proceso de fiscalización.

Cualquier persona que desee entregar información de un hecho de consumo o conductas de empresas o mercados que lo estén afectando, puede hacerlo a través de nuestro sitio web.

Los consumidores alertaron la manipulación por parte de una empresa de una silla de retención de bebés, lo que derivó en una fiscalización y posterior denuncia del SERNAC ante la justicia. La empresa ya retiró de la venta el producto y se está a la espera de la decisión final por parte de la justicia.

19 de noviembre de 2019

Cerca de 2 mil Alertas Ciudadanas ha recibido el SERNAC este año

La entrada en vigencia de la nueva ley que fortaleció los derechos de los consumidores, vigente desde marzo pasado, además de entregar una serie de nuevas facultades al SERNAC, incluyó una nueva herramienta que permite a los consumidores denunciar al Servicio aquellas conductas de empresas o de mercados que los estén afectando.

Se trata de la Alerta Ciudadana, una herramienta disponible en el sitio web del SERNAC, la cual hasta la fecha ha recibido cerca de 1.949 requerimientos de parte de los consumidores.

Al analizar los mercados, las alertas ciudadanas se concentraron en el retail (31,04%); seguido del financiero (14,67%); transporte y telecomunicaciones, ambos con un 9,08%.

Al revisar los motivos de los reclamos, lideró las alertas por incumplimiento de condiciones contratadas (30,5%); información y publicidad (27,8%); cobranza extrajudicial no corresponde (6,5%); y seguridad en el consumo (5,1%).

¿Qué hace el SERNAC con las alertas que recibe?

Las alertas ciudadanas que el SERNAC recibe le permiten tomar diversas acciones para proteger a los consumidores. Por ejemplo, nutren los procesos de fiscalización, pues permiten determinar aquellos casos que puedan ser reiterativos.

Caso silla de retención infantil

Recientemente el SERNAC recibió una alerta de ciudadana que indicaba que una silla de retención infantil comercializado por la tienda Baby Infanti había sido alterada luego de obtener su acreditación. Además, presentaba publicidad que podía inducir a error a los consumidores.

Ante la gravedad de la situación, el SERNAC se reunió con la Comisión Nacional de Seguridad del Tránsito (CONASET) y el Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para conocer acerca del uso apropiado de sistemas de retención infantil para el traslado seguro de niños.

Además, el Servicio indagó respecto de las obligaciones que tienen los importadores, distribuidores o primeros vendedores respecto de acreditar ante el Ministerio de transportes y telecomunicaciones que el sistema o asiento de seguridad cumpla con las características y especificaciones establecidas.

Asimismo, en esta reunión se analizó respecto de la alteración que pudieran estar realizando algunos comercializadores de sillas, ante lo cual el 3CV fue enfático en señalar que los elementos que componen estos sistemas de retención no pueden ser modificados. De hecho, cualquier modificación en el diseño del producto debe pasar por un nuevo proceso de acreditación.

Tras esta situación, el SERNAC fiscalizo de manera presencial y no presencial a Baby Infanti, detectando que algunos modelos de sillas se había añadido un aditamento no considerado en su acreditación, lo que implicaba eventuales infracciones a la Ley del Consumidor (LPC) respecto del rotulado del producto.

Con los resultados de la fiscalización, el SERNAC denunció a la justicia a la empresa Baby Infanti, donde, además de solicitar que se condenara al máximo de las multas contempladas en la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, se requirió que se retiraran del mercado las sillas objeto de la fiscalización.

Actualmente, se está a la espera de la decisión del tribunal respecto del retiro de las sillas mencionadas, y de la sentencia definitiva de la causa que, eventualmente, conllevaría la aplicación de las multas a la empresa por haber infringido la normativa.

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