Infórmate cómo ejercer el derecho a retracto en la educación superior
El retracto beneficia a los estudiantes de primer año que se matricularon tempranamente en alguna institución de educación superior y quieran cambiarse tras conocer los resultados de las postulaciones al Sistema de Acceso a la Educación Superior.
Los estudiantes tienen un plazo de 10 días corridos para ejercer este derecho y que este año comprende entre el martes 20 y el jueves 29 de enero.
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20 de enero de 2026
A partir de este martes 20 y hasta el próximo jueves 29 de enero, las y los estudiantes que ingresan a primer año de la educación superior, tendrán plazo para poder ejercer el derecho a retracto, el cual les permite desistir de algún contrato firmado previamente con otra institución educacional.
En específico, la Ley del Consumidor establece que quienes ingresan a primer año de una carrera de pregrado, ya sea en una universidad, centro de formación técnica (CFT) o instituto profesional (IP), que se hayan matriculado en otra institución y que quieran cambiarse, puedan hacerlo luego de conocer los resultados de las postulaciones a las instituciones que forman parte del Sistema de Acceso a la Educación Superior.
De esta forma, existirá un plazo de 10 días corridos para ejercer el derecho a retracto desde que se completa la primera publicación de los resultados de las postulaciones.
¿Qué implica el derecho a retracto?
- Puede ser ejercido por los estudiantes matriculados para el año 2025, o quien hizo efectivo el pago en su representación, no importando el tiempo transcurrido previo a la publicación de los resultados del sistema de acceso.
- La institución de educación superior debe devolver lo pagado por la matrícula y la documentación que respalda el pago del año dentro del plazo de 10 días corridos desde que el alumno ejerció el derecho de retracto.
- La casa de estudios sólo podrá retener de lo pagado un monto que no podrá exceder el 1% del arancel anual de la carrera por concepto de costos de administración.
Adicionalmente, mientras esté vigente el plazo de retracto, las instituciones de educación superior no pueden negociar los documentos que han recibido, en respaldo del período educacional respectivo. Es decir, la documentación no puede ser objeto de una operación de factoring; no pueden ser endosados o dados en garantía; tampoco entregarlos en comisión de cobranza; ni realizar ninguna otra operación semejante.
¿Cómo ejercer el derecho a retracto?
- Presenta el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente te matriculaste junto a una fotografía de la cédula de identidad vigente por ambos lados.
- Idealmente acompaña la solicitud con una carta, en la que manifiestas que quieres ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha. El formato de la carta está disponible en www.sernac.cl/retracto o en el sitio web www.sesuperior.cl.
- Pide a la institución que timbre o firme una copia de la carta de manera que quede constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho, por si hay problemas posteriores.
- Si luego de transcurridos 10 días corridos de este trámite no has recibido la devolución del dinero o la confirmación de la anulación del contrato, se podría estar en presencia de una infracción a la Ley del Consumidor.
¿Y si la institución no cumple?
En caso de que la institución no respete este derecho, puedes realizar tu reclamo en:
- Ingresando Portal del Consumidor, a través de tu Clave SERNAC o ClaveÚnica.
- Llamando gratis al 800 700 100, de lunes a viernes 09:00 a 19:00 hrs.
- Acudiendo a cualquiera de las oficinas de atención de público a lo largo del país.
- O a través de la plataforma de reclamos y denuncias de la Superintendencia de Educación Superior.
¿Qué reclaman los estudiantes?
Durante el año 2025, el SERNAC y la SES recibieron alrededor de 7 mil reclamos en contra de instituciones de educación superior, lo que representó un aumento de casi un 16% respecto del año 2024, cuando ambas instituciones sumaron alrededor de 6 mil casos.
Al analizar los motivos de los reclamos, en el caso del SERNAC, las personas reclamaron principalmente por:
- Problemas en las formalidades del contrato (38%), por ejemplo: cambio de mallas, fallas en plataformas y demoras en la entrega de títulos, entre otros.
- En segundo lugar (17%), por dificultades para poner término al contrato
- En tercer lugar (9,4%) por cobros superiores a los informados.
En el caso de la SES, las personas reclamaron por progresiones académicas (43%), referido a materias que interfieren con el avance de los estudiantes en sus respectivos planes de estudio, además de temáticas financieras (38%) y antecedentes académicos (6%).
Reclamos por derecho a retracto
En el caso del derecho a retracto, el SERNAC y la SES recibieron conjuntamente el año pasado 298 reclamos, mientras que en 2024 sumaron 240 casos, es decir, se registró un aumento de un 24%.
Los consumidores reclaman principalmente debido a que las entidades educacionales no gestionan la solicitud de retracto en plazo y por negarse a devolver el dinero y/o documentos.
Finalmente, se destaca que el SERNAC y la SES se encuentran trabajando en conjunto para fortalecer la alianza estratégica de asistencia recíproca en la recepción, canalización y derivación de consultas y reclamos que permitirá fortalecer la coordinación interinstitucional en la atención, derivación y resolución de reclamos de estudiantes.
La visión y acción conjunta de ambos organismos fiscalizadores busca incentivar a las instituciones a resolver controversias de manera oportuna, reforzando la tutela tanto individual como colectiva de la educación superior.