Ñuble: Justicia condenó a Santa Isabel a pagar millonaria multa por no informar precios en su local de Chillán
El tribunal le aplicó una multa de 90 UTM (alrededor de $5 millones 700 mil) por infringir la Ley del Consumidor.
La normativa indica que las empresas deben informar todas las condiciones relevantes de su oferta, entre ellas, el precio, el stock disponible, además de respetar las condiciones ofrecidas.
El local tampoco cumplía con las condiciones de seguridad, arriesgando a los consumidores.
24 de agosto de 2023

El Primer Juzgado de Policía Local de Chillán condenó al supermercado Santa Isabel a pagar una multa a beneficio fiscal de 90 UTM ($5,7 millones aproximadamente) por una serie de incumplimientos a la Ley del Consumidor (LPC), detectados por el SERNAC en uno de los locales de la ciudad que afectaban a los consumidores de la región.
La acción legal del SERNAC tuvo su origen tras una fiscalización, donde detectó una serie de incumplimientos a la Ley del Consumidor (LPC), entre ellos:
- En el local no se informaba correctamente el precio del producto por unidad de medida
- Omitía el precio total
- No especificaba el valor anterior a la promoción u oferta, entre otros hallazgos.
Denuncia ante la Justicia
Tras estos hallazgos, el SERNAC de Ñuble interpuso una denuncia ante la justicia en contra del local de Santa Isabel, ubicado El Roble 770, Chillán, con el propósito que recibiera las multas respectivas por infringir la normativa que protege a los consumidores.
El Director Regional, Félix Mercado, señaló que "la Ley es clara en cuanto a que las empresas tienen la obligación de informar todas las condiciones relevantes de su oferta para que los consumidores puedan tomar decisiones de consumo informadas, entre ellas, el precio de los productos.
Seguridad en el consumo
En la fiscalización realizada, también se detectó y denunció al local debido a que contaba con todas las medidas básicas y necesarias para prevenir riesgos que pudieran afectar a los consumidores.
La Ley del Consumidor establece también que la seguridad en el consumo es un derecho fundamental, lo que implica que las empresas están obligadas a cumplir con los más altos estándares para no afectar a las personas al momento de comprar productos o contratar bienes".
Eso significa, por ejemplo, que:
- Los locales deben contar con pisos antideslizantes
- Las instalaciones no deben representar riesgos para quienes circulan
- Tienen que existir salidas de emergencia
- Los productos deben estar fijos para no caer sobre los consumidores
- Las escaleras mecánicas en buen estado, etc.
De ocurrir un accidente, las empresas tienen la obligación de asegurar que el consumidor reciba atención adecuada y oportuna, y si las personas sufren algún daño, tienen derecho a ser indemnizados.
Reclamos
En caso de tener problemas con alguna empresa, puedes ingresar un Reclamo mediante:
- Ingresando Portal del Consumidor, a través de tu Clave SERNAC o ClaveÚnica.
- Agendando una hora en TeleAtención, para recibir orientación de un/a ejecutivo/a.
- Llamando gratis al 800 700 100, de lunes a viernes 09:00 a 21:00 hrs., y sábados de 09:00 a 19:00 hrs.
- Acudiendo a cualquiera de las oficinas de atención de público a lo largo del país.