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SERNAC detalla las exigencias que deberán cumplir las entidades financieras con la Ley de Portabilidad

La Ley permitirá a los consumidores cambiarse con facilidad de una institución financiera a otra más conveniente, fomentando la competencia en el mercado.

Esta ley crea un nuevo derecho para los consumidores y encomienda al SERNAC, velar por la Portabilidad Financiera. Por ende, los consumidores podrán reclamar y alertar ante el organismo de cualquier incumplimiento.

Las instituciones financieras deberán reportar mensualmente al SERNAC el incumplimiento de obligaciones de portabilidad por parte de la institución original. 

El Director del SERNAC recordó que las nuevas obligaciones, a las que se suma la Ley de fraudes, vienen a reforzar los derechos establecidos en la Ley del SERNAC Financiero, disminuyendo las asimetrías en este mercado.

04 de septiembre de 2020

SERNAC detalla las exigencias que deberán cumplir las entidades financieras con la Ley de Portabilidad

El próximo 8 de septiembre entrará en vigencia la Ley de Portabilidad Financiera, normativa que facilitará a los consumidores cambiarse entre instituciones financieras que oferten mejores condiciones para sus productos y servicios.

La Ley de Portabilidad Financiera forma parte de las normas de protección de los derechos del consumidor financiero, por lo cual corresponde al SERNAC velar por su cumplimiento.

El Director Nacional del SERNAC, Lucas Del Villar, explicó que la entrada en vigencia de la Ley de Portabilidad Financiera suma nuevos derechos de los consumidores en este mercado, y permitirá a los consumidores optar a mejores condiciones crediticias.

Agregó, además, que la posibilidad de poder cambiar sus productos de una institución a otra, en forma mucho más expedita, implicará que las entidades tendrán que competir por precio y entregar mejores condiciones, lo que beneficiará a las personas.

Del Villar subrayó que el SERNAC estará monitoreando el comportamiento de las empresas financieras respecto del cumplimiento de las nuevas obligaciones que tendrán a partir de la entrada en vigencia de la Ley y su reglamento.

En ese sentido, la ley ordena a las instituciones financieras reportar al SERNAC los incumplimientos relacionados con el plazo y la forma de emisión de documentos necesarios entre entidades para el proceso de portabilidad, como lo son el certificado de liquidación y el comprobante de pago del producto financiero objeto de la portabilidad.

Recientemente, el SERNAC sometió a consulta pública una propuesta de rediseño del estado de cuenta de créditos hipotecarios, que busca incentivar la comparación y cotización de ofertas de portabilidad en ese mercado, al mostrar gráficamente una comparación entre las condiciones del crédito y el promedio del mercado. Actualmente se trabaja en el rediseño de otros estados de cuenta de productos financieros, para formular una propuesta de reforma reglamentaria que haga obligatoria su aplicación.

Para la autoridad, estas normas vienen a fortalecer los derechos del consumidor en este mercado, proceso que comenzó en marzo de 2012 con la Ley 20.555 del SERNAC Financiero. Desde entonces, el SERNAC ha logrado cerca de 93 mil millones de pesos en reparaciones efectivas que han beneficiado a más de 3 millones 500 mil consumidores financieros, destacando casos emblemáticos, como las repactaciones de La Polar (con 293 mil millones adicionales en compensaciones); y los casos de cobros indebidos por líneas de sobregiro o "de emergencia". Lo anterior, además de 300 mil reclamos de consumidores solucionados en materia financiera durante este período.

El mercado financiero es uno de los que históricamente encabeza los rankings de reclamos. Sólo este año, el SERNAC ha recibido casi 70 mil reclamos, principalmente por fraudes (16%), seguidos por no reversar cargos mal efectuados (13,6%). Lo que representa un crecimiento de 41% respecto del mismo período del año pasado.

Gráfico 1

Recordemos que la Ley de Portabilidad Financiera facilita el traslado de un producto financiero, desde la empresa con la que actualmente tiene contratado un producto financiero, a otra que le ofrezca mejores condiciones. Esto es aplicable para, entre otros, las cuentas corrientes, tarjetas de crédito y préstamos hipotecarios, de consumo y automotrices.

Para que se aplique la portabilidad, basta que el consumidor lo solicite y se activará el proceso, donde serán principalmente las instituciones financieras quienes compartirán información y documentos entre ellas.

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