Inmobiliarias deben cumplir con fecha de entrega en promesas de compraventa de viviendas
El criterio se determinó tras un dictamen realizado por el SERNAC.
Toda comunicación previa o posterior que comprometa plazos de entrega debe ser cumplida por las empresas.
En caso de no cumplir con las fechas señaladas, las y los consumidores pueden acusar incumplimientos contractuales, exigir devoluciones de dinero y el pago de indemnizaciones.
30 de abril de 2025

Como una forma de fortalecer la protección de las personas consumidoras en el mercado inmobiliario, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) emitió un dictamen interpretativo sobre la incorporación de fechas de entrega de proyectos inmobiliarios en comunicaciones previas a la firma de promesas de compraventa.
Este documento establece que todas las fechas prometidas en una comunicación previa a la firma del contrato de promesa de compraventa forman parte de éste y deben ser cumplidas. Por ejemplo, las frases "entrega a más tardar en 6 meses" o "entrega garantizada en 3 meses" son vinculantes para las inmobiliarias y, por tanto, se encuentran obligadas a respetar estos plazos.
Estas promesas deben cumplirse y las empresas no pueden desligarse de esa responsabilidad aduciendo a factores externos, como suele ocurrir en estos casos.
Este criterio toma particular relevancia en los casos de promesas de compraventa de viviendas comercializadas en verde o en blanco. En éstos, las personas consumidoras se encuentran en mayor vulnerabilidad, ya que sólo cuentan con la información entregada por la empresa, lo que destaca la obligatoriedad de sus declaraciones.
Para el SERNAC también se deben cumplir con las promesas que se realizan posterior a la suscripción de la promesa de compraventa. Es decir, si la empresa, de manera formal y documentada, ya sea a través de correos electrónicos, whatsapp u otros medios, se comprometió a entregar el inmueble en un plazo determinado, de forma unilateral se ha obligado con el consumidor, debiendo sujetarse a su cumplimiento.
En caso de no cumplir con las fechas, las y los consumidores pueden acusar incumplimientos contractuales, por lo que tienen derecho a exigir la ejecución de la póliza de garantía, la restitución de los montos pagados e incluso pueden solicitar una indemnización por los perjuicios ocasionados.
Por esta razón, las inmobiliarias deben estar al tanto de los tiempos necesarios para la obtención de la aprobación de la Recepción Definitiva de la Dirección de Obras Municipales (DOM) y ajustarse a estos plazos en su planificación y comunicación.