SERNAC cita a declarar a representante legal Inmobiliaria Lo Campino por viviendas afectadas por barro
El ente fiscalizador busca que la empresa dé respuesta a los planteamientos de los vecinos, que apuntaron a problemáticas derivadas del arrastre de barro y el eventual peligro de seguridad que aquello reviste.
Hasta la fecha se contabilizan 18 casas de la Inmobiliaria Lo Campino que han sido dañadas por deslizamiento de barro.
El muro perimetral que bordea la ladera del cerro en el que se emplazan las viviendas, no cumplió con soportar la acumulación de agua y barro.
18 de junio de 2024

El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) realizó una fiscalización a viviendas afectadas y espacios comunes de Villa Lo Campino, que tras el paso del sistema frontal en la Región Metropolitana vivieron el desplazamiento de barro de la ladera del cerro colindante, fallando el muro de contención que la propia constructora había instalado años atras.
Este conjunto de casas de la Inmobiliaria Lo Campino, que cuentan con tres pisos y cuyos precios rondan las 4.500 UF, son parte de un conjunto de más de quinientas viviendas, aunque en esta última etapa fue que se entregaron los 29 inmuebles más recientes, que se encuentran en tres pasajes justo en la ladera del cerro.
De éstas, 18 viviendas fueron afectadas por las últimas lluvias, ya que al acumularse barro en los muros de contención ubicados entre los espacios comunes del condominio y parte del cerro que es de propiedad de la inmobiliaria en cuestión, sufrieron roturas que hicieron que una avalancha de agua, barro y sedimentos llegaran hasta los domicilios de las viviendas cercanas.
En los momentos más álgidos de las lluvias, fueron bomberos, la municipalidad de Quilicura y los mismos vecinos quienes tuvieron que mitigar los daños que provocó dicho deslizamiento. Hasta el día lunes 17 los vecinos y vecinas NO habían recibido ningún tipo de comunicación de la inmobiliaria y fue sólo luego de la visita de fiscalización de SERNAC que la empresa se puso en contacto con ellos.
El Director Nacional del SERNAC, Andrés Herrera, explicó que "la empresa debe ser profesional no sólo en la construcción de las casas, pues si hace un cierre perimetral de un talud en un espacio común del condominio, también lo debe hacer profesionalmente. Por lo tanto, si ese talud cede con estas lluvias, evidentemente la responsabilidad pareciera ser de la inmobiliaria y por lo tanto, tiene que responder por este cierre perimetral, de manera tal que las viviendas no se inunden. Frente a eso, vamos a estar acompañando a los vecinos y vecinas".
Acciones de SERNAC
La entidad fiscalizadora, y en uso de sus facultades, citó a declarar a la inmobiliaria este miércoles para que dé respuesta a los planteamientos de los vecinos que apuntaron a problemáticas derivadas del arrastre de barro y el eventual peligro de seguridad que aquello reviste.
De no asistir, la empresa arriesga orden de arresto para su representante legal si así SERNAC lo solicita en los juzgados.
Por otra parte, el lunes 17 de junio, el Servicio se instaló en terreno para verificar los reclamos de los vecinos y vecinas, además de constatar que la empresa estaría trabajando en la elaboración de una zanja de contención que pretendería reencauzar las aguas que confluyen en aquella parte del cerro.
Junto con los vecinos, y tras la reunión con la inmobiliaria, SERNAC planteará una propuesta de acción para solucionar la problemática, que puede ir de un Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC), es decir, un mecanismo de acuerdo en el que la empresa muestra voluntad de compensar y solucionar los problemas, o en definitiva, poder optar por el camino judicial a través de una demanda colectiva.
¿En qué casos puede intervenir el SERNAC?
Cada caso de problemáticas en viviendas nuevas es distinta y debe ser tratada con los análisis pertinentes y de hecho, en muchos casos ya no es posible por la antigüedad de las viviendas, realizar acciones a través de SERNAC.
Existe un camino que dice relación con la seguridad y salud en el consumo, y es una de las hipótesis que por ejemplo, podría barajarse en el caso de Lo Campino, pues podría estar en riesgo la integridad de los consumidores que allí habitan.
Por otra parte, se debe distinguir si los fenómenos que puedan provocar alguna alteración en condominios o viviendas, pueden ser imputables o no a una inacción, negligencia o mal trabajo de la inmobiliaria o si sin casos fortuitos que escapan de dicha responsabilidad.
Por último y éste es uno de los caminos que también es común en la exigencia de respuesta a las inmobiliarias, es a través de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, que establece garantía de 10, 5 y 3 años dependiendo del tipo de falla.
Así, las empresas deben responder cuando se producen problemas en viviendas, de hasta 10 años de antigüedad, dependiendo del tipo de falla:
- En las terminaciones, durante los primeros 3 años desde la fecha de la inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
- En las instalaciones durante los primeros 5 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra.
- Estructurales durante los primeros 10 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra
¿Qué hacer si en mi vivienda o junto a mis vecinos tenemos problemas en nuestras viviendas?
Lo primero es revisar las fechas de recepción de los inmuebles, así como también, prediagnosticar si los problemas pueden darse por una mala ejecución de la constructora o inmobiliaria. Hecho esto, lo recomendable es organizarse y reclamar en conjunto frente a la inmobiliaria o constructora.
Si ésta no responde o la respuesta no deja conformes a quienes han solicitado acción de la empresa, pueden reclamar directamente a SERNAC:
- Ingresando Portal del Consumidor, a través de tu Clave SERNAC o ClaveÚnica.
- Llamando gratis al 800 700 100, de lunes a viernes 09:00 a 21:00 hrs., y sábado de 09:00 a 19:00 hrs.
- Acudiendo a las oficina de atención de público, ubicada en cada capital regional del país.
- Visitando las plataformas municipales en convenio en cada región.
Lo ideal en estos casos, es por cierto, la organización colectiva. Pues para casos de perseguir responsabilidades por garantía en viviendas, se requieren al menos 6 vecinos o vecinas para interponer una demanda colectiva.