Oficio a McDonald's por niña que habría sido impedido de acceder a espacio habilitado para personas con TEA
El objetivo de esta gestión es recabar todos los antecedentes para poder determinar eventuales acciones para ir en defensa de la familia afectada.
Si bien la compañía ofrece este lugar especial, al momento de querer utilizarlo, una familia se habría visto impedida de hacerlo porque estaba arrendado para un cumpleaños, sufriendo, según relata el reclamante, burlas de quienes lo utilizaban.
El Servicio tomó esta determinación en coordinación con el Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS).
14 de mayo de 2024
SERNAC ofició a Arcos Dorados Restaurantes de Chile Limitada, a cargo de la franquicia de local de McDonald's, ubicado en la Avenida Pajaritos de Maipú, tras recibir un reclamo por parte de la familia afectada y antecedentes de parte del Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS), por un eventual mal trato al no cumplir con el uso de un espacio asignado para personas consumidoras con Trastorno del Espectro Autista (TEA).
En su reclamo, el afectado relata que concurrió a las dependencias del local de McDonald's junto con su familia, que incluía dentro de sus miembros a una niña con movilidad reducida y con Trastorno del Espectro Autista (TEA), con la intención de utilizar el espacio denominado "Zona Azul".
No obstante, grande fue la decepción del consumidor y su familia cuando al intentar utilizar este espacio, advirtió que había sido arrendado para un cumpleaños, y al exigir utilizarlo, además de tener que esperar largo tiempo, su hija fue víctima de burlas de parte de los asistentes, sin que los dependientes tomarán acciones para impedirlo.
Cabe recordar que fue la misma empresa McDonald 's la que presentó esta iniciativa en 2022, definiéndola como un espacio dedicado a personas con TEA, identificado con el sticker "Espacio Azul". Las familias que visiten los restaurantes pueden solicitar la atención de un "asesor" de Espacio Azul para disfrutar de una experiencia inclusiva y grata en un ambiente preparado especialmente para recibirlas, esto, según lo anunciaban en su lanzamiento.
A juicio del SERNAC, lo que le sucedió a la familia sería grave, debido a que el local no respetaría las condiciones ofrecidas, pero especialmente porque con dicho incumplimiento habría pasado a llevar la dignidad de una familia, exponiéndolos a tratos vejatorios y ofensivos.
Una vez que obtenga los antecedentes, y de detectar infracciones a la Ley del Consumidor, SERNAC tomará acciones para ir en defensa de los derechos de la familia afectada, no descartando acciones judiciales.
Es importante recalcar además que, en caso de maltrato o discriminación, las empresas se arriesgan a multas de hasta 300 UTM (alrededor de $19 y medio millones) por cada infracción, además de las compensaciones que el tribunal determine en favor del consumidor afectado.
Si bien las empresas no tienen obligación de tener espacios específicos para personas con TEA, es una práctica recomendable y SERNAC sugiere incorporarlas. De todas formas, si el proveedor ya ofreció la existencia de un espacio particular para fomentar la inclusión, es obligación el respetar lo ofrecido y por tanto de no hacerlo estarían frente a un incumplimiento a la Ley del Consumidor.
Por último, es crucial que las empresas respeten la Ley del Consumidor en lo relativo a que los consumidores tienen derecho a no ser discriminados arbitrariamente por las empresas, ya sea por sexo, raza, condición social, edad, por poseer alguna discapacidad o por aspecto físico, entre otros aspectos.