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SERNAC recuerda la utilidad de la calculadora de presupuesto familiar

Esta herramienta está disponible en nuestro sitio web y permite calcular la capacidad de pago.

15 de enero de 2020

Calculadora de Presupuesto Familiar

Considerando los preocupantes niveles de sobreendeudamiento del país, el SERNAC recordó la utilidad que tiene la "Calculadora de Presupuesto Familiar" disponible para los consumidores en nuestro sitio web.

En efecto, dos de cada tres hogares en Chile tienen deudas impagas, esto es más de 4 millones 500 mil personas morosas, lo que equivale a un 34% de las personas mayores de 18 años. Las deudas asociadas a créditos de consumo son las que concentran el 55% de las deudas morosas.

"El endeudamiento no es problema hasta que se transforma en sobreendeudamiento. El crédito es una herramienta útil si se hace un buen uso; si las empresas entregan información clara y oportuna; y los consumidores conocen y exigen sus derechos" resaltó el Director Nacional del SERNAC, Lucas Del Villar.

"El sobreendeudamiento es una situación que preocupa porque todos pierden. El consumidor, porque sale del sistema formal de la economía; el sector financiero porque no les pagan, el comercio porque pierde clientes y la sociedad, que sufre las consecuencias de la insolvencia de esta familia", indica.

Del Villar explicó que actualmente el SERNAC dispone en su sitio web, la Calculadora de Presupuesto Familiar, herramienta que le permitirá registrar información sobre sus ingresos y presupuesto personal y/o familiar, de manera que pueda calcular cuál es su capacidad o la de su familia respecto del endeudamiento y ahorro.

El consejo es ordenar las prioridades financieras de la familia, conocer los gastos y saber cuál es el ingreso que tienen como grupo, de manera de enfrentar el pago de cuentas y planificar el ahorro a corto y largo plazo, para futuros proyectos familiares y momentos de estrechez.

Asimismo, el Servicio ha estado trabajando en un programa de educación financiera, así como existen una serie de proyectos que buscan perfeccionar las prácticas del mercado financiero para que el consumidor cuente con información más clara y se fortalezcan sus derechos. Entre ellos, el proyecto de portabilidad hipotecaria o la regulación de comisiones asociadas a operaciones de crédito.

El SERNAC aprovecha de recordar los derechos de los consumidores financieros. Entre ellos:

  • Derecho a que no lo amarren con productos que no quiere: Por ejemplo: si pide un crédito, las entidades financieras no pueden obligarlo a contratar un seguro, excepto los de incendio y desgravamen en créditos hipotecarios.
  • Que no cambien las condiciones ni las reglas del juego: Esto es, si un consumidor tiene una tarjeta, las entidades financieras no pueden subir las comisiones o los precios informados.
  • Que informen con claridad en caso de rechazo de un crédito: En caso que una entidad financiera le rechace una solicitud de crédito, deben informarle las razones objetivas de la decisión, por escrito y en un plazo de 10 días.
  • La cotización que le entregue una institución financiera, debe tener una vigencia por, al menos, 7 días hábiles.
  • Tiene derecho a conocer las condiciones objetivas para la contratación de un crédito, de forma previa y pública.
  • Tiene derecho a conocer el Costo Total del Crédito (CTC) y la CAE o Carga anual equivalente.
  • Tiene derecho a solicitar información sobre su crédito y la empresa se lo debe entregar en el plazo máximo de 3 días.
  • Las empresas deben incluir una hoja resumen en los contratos de adhesión, que informe en forma clara todas las condiciones del crédito, entre ellas, el precio de lo que terminará pagando, la cantidad de cuotas, comisiones, tasas, cargos, entre otros.
  • Si pagó lo que debía, no le pueden impedir cerrar la tarjeta o cualquier producto financiero. Las empresas deben hacerlo en 10 días desde que el consumidor lo pide.

En caso de tener un problema de consumo en el mercado financiero, los consumidores pueden acudir al SERNAC visitando www.sernac.cl, llamando en forma gratuita al número 800 700 100, o visitando las oficinas regionales del Servicio.

Repactación:

  • La repactación de una deuda debe ser expresamente aceptada por el consumidor.
  • Las nuevas condiciones establecidas en la repactación, como cobros y plazos, deben respetarse.
  • Que un consumidor tenga deudas impagas no es razón para que las empresas cambien sin permiso lo establecido en el contrato y renegocien la deuda vencida.
  • No importa si la nueva forma de pago es más beneficiosa para el deudor; la empresa tiene igualmente obligación de pedir su consentimiento y respetar lo convenido.
  • Al repactar se generan nuevos plazos y condiciones por lo que la deuda deja de estar vencida. Por ello, la empresa debe sacar de los registros de morosidad como DICOM al consumidor que esté pagando sus cuotas y detener las acciones judiciales de cobranza.
  • La repactación encarece la deuda por los intereses, gastos de cobranza y mayor plazo. No obstante, los consumidores que aceptan una reprogramación de su deuda tienen derecho a que no se les cobre intereses por sobre la Tasa de Interés Máxima Convencional ni los gastos de cobranza superen los topes establecidos en la ley.

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