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Tras Mediación Colectiva: Gimnasio Energy Fitness modificó cláusulas abusivas en sus contratos

La acción extrajudicial permitió eliminar disposiciones que no se adecuaban a la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor. El Servicio Nacional del Consumidor anunció el término de la mediación colectiva iniciada con la […]

17 de enero de 2018

  • La acción extrajudicial permitió eliminar disposiciones que no se adecuaban a la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor.

El Servicio Nacional del Consumidor anunció el término de la mediación colectiva iniciada con la empresa Gimnasio Energy Fitness Club Spa, luego de detectar una serie de cláusulas en sus Términos y Condiciones, que no se ajustaban a los estándares que establece la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC).

Entre las cláusulas que fueron ajustadas por el proveedor, se encontraban disposiciones que permitían modificaciones unilaterales de las condiciones contratadas; eximentes de responsabilidad, terminación del contrato sin derecho de reembolso, y reserva de derechos entre otros.

La Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores, prohíbe las cláusulas abusivas, estas son, aquellas que confieren derechos y facultades exorbitantes; restricciones injustificadas respecto de los derechos de los consumidores; o aquellas que reducen o eliminan las obligaciones que le corresponden al proveedor.

Tras esta gestión, el SERNAC logró el ajuste de los Términos y Condiciones del proveedor a la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor N° 19.496, eliminando con ello cláusulas abusivas que perjudicaban a los consumidores.

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