PVC: SERNAC con ENEL (corte de luz agosto)
El SERNAC inició un Procedimiento Voluntario Colectivo con ENEL Distribución, debido al evento climático (vientos y precipitaciones) ocurridos a partir del 1° de agosto del año 2024, y que afectaron los consumidores de las distintas comunas de la Región Metropolitana, lo cual ha implicado para aquellos:
a) la privación de un servicio que reúne las condiciones de “servicio básico” y,
b) diversos daños derivados de la suspensión, de la demora en la reposición del servicio de electricidad, de la falta de información veraz y oportuna respecto de su reposición y, de la falta de atención en relación a los diversos inconvenientes que presentaron los consumidores como asimismo, daños en distintos bienes de propiedad de éstos últimos.
El inicio de este procedimiento consta en la Resolución Exenta N° 463 del 6 de agosto 2024 y, su finalidad, será entre otros, obtener compensaciones y/o indemnizaciones para las personas consumidoras que fueron afectados.
06 de agosto de 2024
Proveedor | Materia | Etapa PVC | Estado PVC | Fecha actualización |
---|---|---|---|---|
ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A. | FALTA DE INFORMACIÓN VERAZ Y OPORTUNA - NEGLIGENCIA EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS - SUSPENSIÓN DE SUMINISTRO | Audiencias | PVC prorrogado | 04/02/2025 |
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Materia: FALTA DE INFORMACIÓN VERAZ Y OPORTUNA - NEGLIGENCIA EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS - SUSPENSIÓN DE SUMINISTRO
Período: 2024
Si eres es una de las personas afectadas por los hechos que motivaron este Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC), te invitamos a participar de esta consulta pública, la cual, contiene la propuesta de solución de la empresa, y estará disponible hasta el día 11 de febrero de 2025.
1. Universo de consumidores beneficiados.
ENEL Distribución, se compromete a otorgar una bonificación voluntaria y extraordinaria para las personas consumidoras de la zona de concesión respectiva de la Región Metropolitana que, cumplan los siguientes requisitos copulativos:
- Ser cliente residencial de ENEL Distribución, es decir, tengan boleta, como documento de cobro, al mes anterior al hecho materia de este PVC, esto es, al mes de julio de 2024.
- Haber sufrido la interrupción del suministro del servicio eléctrico en el segmento distribución, que se hayan iniciado entre las 21:30 horas del 1° de agosto y las 23:59 horas del 3 de agosto del 2024.
2. De las compensaciones e indemnizaciones para los consumidores beneficiados.
Los grupos que integran el universo de consumidores beneficiados y los montos de las compensaciones e indemnizaciones que propone la empresa, son en promedio los siguientes:
Intensidad de afectación | Días sin servicio | Cantidad Familias | Monto promedio |
---|---|---|---|
Extremedamente alta | De 10 a 15 días | 1.532 | $273.328 |
Muy alta | De 7 a 10 días | 13.470 | $120.894 |
Alta | De 6 a 7 días | 34.211 | $90.193 |
Media | De 2 a 6 días | 197.884 | $36.065 |
Medianamente baja | De 1 a 2 días | 134.231 | $18.020 |
Baja | Menor a 1 día | 395.001 | $2.039 |
Fuente: Elaboración Propia. Nota: Los montos promedios informados corresponden a promedios a nivel de intensidad de acuerdo a los tramos que incluye.
3. Costo del reclamo
La empresa, adicionalmente, se compromete a pagar a las personas consumidoras que reclamaron ante el SERNAC por los hechos que motivaron este PVC, y que se encuentren dentro del universo de consumidores beneficiados, hasta el día previo de la formulación de la presente consulta, esto es, hasta el día 03 de febrero de 2025.
Los montos a pagar por este concepto variarán según el canal de ingreso del reclamo:
- 0,17 UTM para reclamos realizados por canal presencial, el equivalente en pesos $11.439-.
- 0,021 UTM para reclamos realizados por Call Center, el equivalente en pesos $1.413-.
- 0,015 UTM para reclamos realizados por canal Web, el equivalente en pesos $1.009-.
Para las personas consumidoras que hubieren realizado más de un reclamo, se compensará por este concepto, sólo por un reclamo considerando para tales efectos, el canal correspondiente al monto más alto.
4. Montos compensatorios asociados a otros daños
ENEL Distribución pagará un monto único por cada consumidor beneficiado de $18.000 pesos (dieciocho mil pesos), a aquellos consumidores que hayan presentado reclamos ante el SERNAC, por pérdida de alimentos, medicamentos u otros refrigerados o congelados similares, que permanecieron sin suministro eléctrico en todos los casos, por 36 o más horas continuas, y que cumplan con los requisitos dispuestos en el punto 1.
Nota: En caso de que un consumidor hubiere realizado más de un reclamo por el mismo concepto, se compensará por una sola vez. Si el reclamo comprende alimentos y medicamento, congelado o refrigerado, se pagará un sólo concepto por el monto único informado.
Del procedimiento para reclamar daños eléctricos en artefactos
ENEL Distribución habilitará en la etapa de implementación del Acuerdo, un procedimiento para que los clientes eléctricos, que reúnan los requisitos descritos en punto 1 anterior, presenten solicitudes y/o reclamos ante la empresa por daño eléctrico en artefactos de uso residencial.
La empresa asumirá la reparación del artefacto de que se trate y, para el caso que no sea ésta técnicamente posible o económicamente inviable, se realizará la restitución de su valor de reposición en dinero por uno igual o -de no existir- por el valor de uno equivalente. Los requisitos para la reparación o restitución del artefacto denunciado son:
- (i) Que el consumidor presente una solicitud y/o reclamo ante ENEL Distribución por daños en el artefacto eléctrico dentro del plazo descrito en el acápite VII de este Acuerdo; y
- (ii) Que el artefacto denunciado y/o reclamado exista al momento del reclamo; y
- (iii) Que el artefacto denunciado y/o reclamado presente daño eléctrico; y
- (iv) Que el punto de suministro del cliente eléctrico de que se trate registre una incidencia eléctrica proveniente desde la red de distribución, que se haya iniciado entre las 21:30 horas del jueves 1° de agosto de 2024 y las 23:59 horas del sábado 3 de agosto de 2024; y
- (v) Que la instalación eléctrica interior del cliente eléctrico de que se trate se encuentre debidamente regularizada y con las protecciones que establece la normativa.
Mecanismos de pago
ENEL Distribución pagará las compensaciones mediante abonos en la cuenta eléctrica de los clientes beneficiados con el eventual Acuerdo, en los plazos que serán informados oportunamente.
Auditoría Externa
ENEL Distribución se compromete a realizar a su costa, una auditoría a través de una empresa externa que se encuentre inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), la que tendrá por propósito acreditar el cumplimiento de los compromisos contenidos en el eventual acuerdo.
Otros aspectos del Procedimiento
- Acuerdo: Cumplido el trámite de la consulta pública que por este medio se informa, más otros asociados a la misma, el SERNAC procedería a dictar una Resolución declarando el término favorable del PVC en referencia, integrando en la misma, los términos específicos de la solución alcanzada.
- Efecto erga Omnes: Para que los términos de la solución alcanzada puedan tener efecto erga omnes, esto es, que alcancen a todas las personas consumidoras beneficiadas por los mismos, deberán ser aprobados por un tribunal civil.
- Reserva de acciones: En el caso que alguna persona consumidora no quisiera quedar sujeta a la solución alcanzada, podrá hacer reserva de sus acciones individuales ante el tribunal que se pronunciará sobre el citado efecto erga omnes.
- Implementación: Los compromisos y pagos de las compensaciones e indemnizaciones que la empresa se obliga a realizar, comenzarán a ejecutarse en cierto plazo, el que se computará desde la última publicación del extracto de la Resolución del SERNAC que, en su momento, se deberá realizar conforme al artículo 54 Q de la Ley N° 19.496.
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