Indemnizan a consumidor por auto con fallas
Corte de Apelaciones de Santiago condenó a una automotora al pago de cuatro millones de pesos por haber vendido un auto nuevo que presentó reiterados desperfectos al poco tiempo de uso.
24 de octubre de 2008
La acción judicial se originó luego de que Héctor Leal comprara un vehículo nuevo en Gellona Autos que le duró sólo 10 mil kilómetros sin presentar fallas.
Tras el reventón del radiador, el consumidor ingresó el vehículo al taller para su reparación, haciendo uso de la garantía de tres años o 100 mil kilómetros que le había entregado la marca al adquirir el automóvil.
Sin embargo, la misma falla se volvió a repetir tres veces antes de cumplir los 15 mil kilómetros. Finalmente la empresa recomendó el cambio de esta pieza por una de cobre hecha en Chile, más resistente, según los argumentos esgrimidos por la empresa.
El vehículo no volvió a fallar, pero el consumidor, temiendo que pudiera en el futuro sufrir daños al motor al tener un radiador que no es el original, solicitó a la automotora el cambio del auto, lo que no fue aceptado.
Al sentir que sus derechos estaban siendo vulnerados, el consumidor acudió al Sernac, organismo que tras una mediación desfavorable, denunció los hechos al Juzgado de Policía Local de Huechuraba.
En el tribunal, Gellona Autos argumentó que el vehículo tiene una garantía de tres años o el equivalente a 100 mil kilómetros, y que haciendo uso de ella, el auto ha sido reparado en todas las ocasiones que presentó fallas, sin costo para el consumidor.
Además, la empresa señaló que el consumidor autorizó la reparación del bien, y que además luego de haber colocado un radiador alternativo, el auto no ha vuelto a mostrar nuevas fallas.
No obstante, una vez analizados los antecedentes, el tribunal estimó que el vehículo ha presentado reiteradamente desperfectos en su sistema de refrigeración, fallas que le han provocado daño al consumidor, sobretodo "considerando que se trataba de un auto nuevo, del que no se esperaban desperfectos al menos en su primer año".
El fallo señaló además que luego de presentadas estas fallas, tanto el distribuidor como el representante de la marca "debieron extremar sus atenciones para impedir su repetición", lo que en este caso no ocurrió.
Finalmente, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó el fallo de primera instancia, y condenó a Gellona Autos a pagar una indemnización al consumidor de $2 millones por daño directo y una cifra igual por daño moral; en total, $4 millones. Además la empresa fue multada a pagar 10 U.T.M (cerca de $370 mil) a beneficio fiscal.
El fallo confirma que, junto a su derecho a garantía, los consumidores tienen derecho a recibir productos de calidad.
Recuerde que cuando un consumidor compra un producto que presenta fallas que impiden su uso normal, durante la garantía voluntaria, tiene derecho a que se repare como parte de las condiciones de la póliza, pero si vuelve a fallar, tiene derecho a que se lo cambien, devuelvan el dinero pagado o lo reparen.