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Cuando la promesa de seguridad no se cumple

La falla de los air bag de un vehículo motivó a un consumidor a acudir a SERNAC. Resultado: la empresa fue denunciada a la Justicia y condenada a pagar una multa e indemnización para el afectado.

18 de junio de 2007

Roberto compró un automóvil Mazda 3 nuevo, que prometía altos niveles de seguridad hasta que comprobó lo contrario de la peor forma.

Un día iba manejando por una calle de Las Condes cuando chocó contra una camioneta que había frenado bruscamente para evitar atropellar a un peatón. Y pese al violento impacto, los air bags no se activaron.

Desde entonces empezó su peregrinar hablando con diferentes encargados de la Importadora Y Distribuidora Alameda S.A., empresa que le vendió el auto, con la esperanza de que se hiciera una evaluación técnica de su caso. Pero no obtuvo ninguna respuesta.

Entonces decidió investigar por su cuenta y descubrió en un artículo de una revista internacional, que una partida de 42 mil autos de la misma marca, año (2005) y modelo, habían sido retirados del mercado en Estados Unidos para cambiarles el sistema de sensores de los air bags, antecedentes que puso a disposición de la gerencia de la empresa. Aún así no hubo reacción.

Tras agotar las posibilidades de comunicación, Roberto acudió a SERNAC, organismo que finalmente la denunció a la importadora a la Justicia por vulnerar sus derechos como consumidor.

El tribunal analizó los antecedentes comprobando que la empresa ofrecía y publicitaba los vehículos resaltando las condiciones de seguridad y detallando las funciones de los air bag en los folletos. Sin embargo, el hecho es que este sistema no se accionó automáticamente en el momento oportuno cuando se produjo el choque. Asimismo, el juez tomó en cuenta la información entregada por el consumidor con relación a los vehículos retirados del mercado en Estados Unidos, y que no fue objetada por la empresa.

Finalmente el tribunal condenó a la importadora al pago de una multa a beneficio fiscal de 10 UTM (más de $320 mil) por infracción a la Ley del Consumidor, más una indemnización de $500 mil para el afectado quien además había interpuesto una demanda civil de indemnización de perjuicios.

La sentencia confirma que las empresas deben respetar los términos, condiciones y modalidades conforme a las cuales hubieran ofrecido la entrega del producto (el vehículo, en este caso). Asimismo, el tribunal reafirmó que la empresa cometió una infracción al actuar con negligencia vendiendo un producto que causó menoscabo al consumidor por fallas o deficiencias en la seguridad.

Por otra parte, en la publicidad se indujo a error o engaño con respecto a la idoneidad del vehículo para los fines que se pretendía satisfacer, ya que el afectado tomó su decisión de compra basándose en las características de seguridad anunciada en los folletos.

Ante cualquier atropello a sus derechos, usted puede acudir a SERNAC (www.sernac.cl o Fono Consulta 600 594 6000) para buscar una solución extrajudicial a través de la mediación. O bien puede denunciar la infracción y demandar exigiendo indemnización de perjuicios, directamente al Juzgado de Policía Local sin necesidad del patrocinio de un abogado.

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Mercados: Venta de vehiculos

Tipo de producto: Automoviles nuevos

Proveedor: Automotora Alameda Limitada

Mecanismos de protección: Denuncia de Interés General en el Juzgado de Policía Local

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