Contenido principal

SERNAC inicia mediación colectiva con la tarjeta de crédito FISO

El propósito de esta gestión es que la empresa modifique las cláusulas que el Servicio estima abusivas en sus contratos de adhesión. El Servicio Nacional del Consumidor inició mediación colectiva con la empresa SOCOEPA por su tarjeta de crédito FISO. […]

11 de julio de 2017

  • El propósito de esta gestión es que la empresa modifique las cláusulas que el Servicio estima abusivas en sus contratos de adhesión.

El Servicio Nacional del Consumidor inició mediación colectiva con la empresa SOCOEPA por su tarjeta de crédito FISO. La acción tiene como objetivo que dicho proveedor modifique las cláusulas que el SERNAC estima abusivas en su contrato de adhesión "Convenio de Crédito".

La acción prejudicial se determinó al requerir los contratos de su tarjeta de crédito que puede ser operada en toda la cadena de la empresa SOCOEPA, se detectaron cláusulas que se deben modificar para ajustarse a la ley 19.496 de Protección de los derechos de los Consumidores.

La mediación colectiva permitirá ajustar los contenidos en las cláusulas del contrato de adhesión del proveedor en temas como la facultad de la empresa de modificar discrecionalmente y sin que medie una instrucción y/o autorización previa del consumidor, evidenciándose además una renuncia anticipada al derecho a libre elección e información del consumidor.

O de hacer responsable exclusivamente al consumidor de la pérdida, extravío, robo y/o hurto de la tarjeta de crédito y del uso que se haga por terceros antes del aviso escrito al proveedor, contemplando de esta forma una limitación absoluta de responsabilidad que no se condice con el tenor de la Ley, además de una renuncia anticipada a su derecho a ser indemnizado.

En consecuencia, existirían potenciales infracciones a la Ley, específicamente, relacionadas a limitaciones de responsabilidad, modificación unilateral del cupo, alteración de la carga de la prueba, insolvencia, aceleración del crédito, cobros improcedentes, entre otras.

Hay que recordar que las cláusulas abusivas son condiciones ilegales impuestas por las empresas en sus contratos y que van en contra de lo establecido por la Ley del Consumidor, pues atentan contra los derechos de los consumidores.

Asimismo, la Ley es clara: Lo que una empresa ofrece, se cumple. Las cláusulas donde las empresas se permitan no responder por sus obligaciones, no tienen ningún valor.

Archivos para descargar

Dirección externa

Galería

Tags

Mercados: Otras empresas de credito

Tipo de producto: Tarjeta de credito

Lugar de Chile: Región de Los Ríos

Mecanismos de protección: Mediaciones colectivas

La Encuesta