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SERNAC INICIA MEDIACIÓN COLECTIVA CON GIMNASIO ENERGY FITNESS

El propósito de la gestión es que la empresa modifique las cláusulas que el Servicio estimó abusivas en sus contratos de adhesión.  El Servicio Nacional del Consumidor inició una mediación colectiva con la empresa Gimnasio […]

28 de febrero de 2017

  • El propósito de la gestión es que la empresa modifique las cláusulas que el Servicio estimó abusivas en sus contratos de adhesión.

El Servicio Nacional del Consumidor inició una mediación colectiva con la empresa Gimnasio Energy Fitness Clubs Spa. La acción tiene como objetivo que el proveedor modifique las cláusulas de sus contratos de adhesión que Sernac estimó abusivas.

Una cláusula se estima abusiva cuando la empresa, en sus contratos de adhesión, se confiere derechos y facultades exorbitantes; si contiene restricciones injustificadas respecto de los derechos de los consumidores; si elimina o reduce las obligaciones que le corresponden, de acuerdo a la ley.

Las cláusulas abusivas son prohibidas por la Ley que establece normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, al generar desequilibrios significativos entre los proveedores y los consumidores, e ir contra la buena fe.

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Mercados: Gimnasios y centros deportivos

Mecanismos de protección: Mediaciones colectivas

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