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Condenan a tienda Me Fashion por no respetar garantía de prenda femenina

La justicia condenó a la tienda Me Fashion EIRL, ubicada en el centro comercial Apumanque, al pago de una indemnización de alrededor de $220 mil a una consumidora por negarse a devolver el dinero o realizar una nueva reparación de una blusa que la afectada había comprado, y que tras dejarla para compostura, se dio cuenta que el trabajo había quedado mal realizado.

30 de enero de 2013

Una consumidora compró una blusa en el local la tienda Me Fashion EIRL, ubicada en el centro comercial Apumanque, comuna de Las Condes, pagando $22.900. Sin embargo, como la prenda no le quedaba como ella quería, la dejó para que le hicieran algunos ajustes.

Cuando la fue a retirar se dio cuenta que la compostura no había quedado como ella había solicitado, por lo que pidió a la dependienta que hicieran nuevamente el trabajo de acuerdo a lo que ella había pedido o de lo contrario le devolvieran el dinero, derecho que le fue negado, recibiendo un trato inadecuado.

Al sentir que sus derechos estaban siendo vulnerados, la consumidora interpuso el reclamo ante el SERNAC, y, pese a las gestiones realizadas por el organismo, el local comercial no respondió, por lo que la afectada tomó la determinación de exigir sus derechos ante la justicia, denunciando el hecho ante el Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes.

Pese a ser notificada, la empresa no se presentó ante el tribunal. Tras revisar los antecedentes, el juzgado determinó que la denuncia de la afectada era efectiva.

Además, el tribunal comprobó el nulo interés que tuvo la tienda en responder ante el problema, primero ante la propia consumidora, luego ante la intervención del SERNAC, y finalmente al no presentarse al juicio.

Finalmente el juzgado señaló que la tienda Me Fashion EIRL cometió infracción a la Ley del Consumidor al no cumplir con lo solicitado por la consumidora, pues la normativa señala que en este tipo de casos los consumidores tienen derecho a la reparación gratuita del bien, reposición del bien por otro nuevo o la devolución del dinero pagado.

Agregó que al no respetar los derechos de la consumidora, la tienda le provocó desazón y una entendible molestia, además de la consiguiente pérdida de tiempo por los trámites tendientes a solucionar el problema, todo a causa de la actitud negligente del local comercial.

Considerando los antecedentes mencionados anteriormente, finalmente el tribunal condenó a la tienda Me Fashion EIRL al pago de una indemnización a la afectada de $22.900, equivalente al el valor que ésta había pagado por el producto, además de $200 mil por el daño moral.

Este fallo confirma que los consumidores tienen derecho a la garantía legal cuando compran un producto nuevo que sale malo, no cumple para el fin que fue adquirido o se echa a perder con un uso normal.

Este derecho implica que los consumidores tienen derecho a elegir entre tres opciones: el cambio, la reparación o la devolución de lo pagado durante los tres primeros meses desde la compra.

Los carteles o timbres en las boletas donde la empresa diga no responder por cambios o devoluciones, no tienen valor. Es el consumidor, y no la empresa quien elige cómo ejercer su garantía.

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