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Avances en juicio colectivo contra Air Madrid

28 de marzo de 2007

En el juicio colectivo iniciado por SERNAC contra Air Madrid el tribunal declaró la admisibilidad de la demanda, lo que se ha informado a los consumidores mediante avisos publicados en el diario El Mercurio los días 29 y 30 de marzo.

¿Qué significa esto?

La etapa de admisibilidad es la primera fase de un juicio colectivo, en la cual el tribunal analiza el cumplimiento de algunos requisitos legales para que proceda la aplicación del procedimiento colectivo. La declaración de admisibilidad de la demanda marca el cierre de esta primera etapa. Esto significa que ahora se iniciará el juicio colectivo propiamente tal.

SERNAC representa a todos los consumidores que, por los incumplimientos de Air Madrid motivados por su cese de actividades en diciembre pasado, fueron afectados en sus derechos. SERNAC mantiene la información vigente de todos los consumidores que han presentado sus reclamos. Quienes no lo han hecho, pueden presentar su reclamo y antecedentes a través de este sitio web.

Los consumidores afectados tienen la posibilidad de concurrir al tribunal a hacerse parte en el juicio. Sin embargo, ello no es requisito para que la sentencia que se dicte en el juicio colectivo tenga efectos respecto de cada uno de ellos. De acuerdo a la Ley sobre Protección a los Derechos de los Consumidores, la sentencia dictada en un juicio colectivo tiene efecto para todas las personas que hayan sido perjudicadas por los hechos demandados, sin necesidad de que se hagan parte en el juicio. Ello significa que, de ser favorable la sentencia, todos los afectados que en su momento acrediten serlo ante el tribunal, tendrán derecho a exigir las reparaciones o indemnizaciones que el tribunal ordene.

La dictación de la sentencia será informada públicamente en su oportunidad.

Links Relacionados:http://www.sernac.cl/leyes/colectivos.php

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Mecanismos de protección: Juicios colectivos y demandas

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