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Supermercado indemniza a consumidor por robo de auto desde estacionamiento

La Justicia condenó a supermercado al pago de una indemnización de más de $2 millones para un consumidor por su responsabilidad en el robo de un vehículo desde el estacionamiento.

30 de mayo de 2011

La Justicia condenó a supermercado al pago de una indemnización de más de $2 millones para un consumidor por su responsabilidad en el robo de un vehículo desde el estacionamiento.

  • Hugo Berrocal fue junto a su hijo, su hermano y un amigo al Hipermercado Maipú Tres Poniente para comprar algunos productos que necesitaba dejando su auto en el estacionamiento.
  • Como medida extra de seguridad, le puso un traba volante al manubrio del vehículo. Sin embargo, cuando regresó casi un cuarto de hora después, se dio cuenta que no había servido de nada, pues su auto había desaparecido.
  • Se dirigió a los guardias del recinto a preguntar si habían visto algo, pero los funcionarios no le prestaron mayor atención, por lo que decidió interponer la denuncia ante Carabineros.
  • Posteriormente Berrocal acudió al SERNAC, y pese a las gestiones del organismo, el supermercado no respondió, por lo que el consumidor decidió exigir sus derechos ante la justicia, interponiendo una denuncia en el Tercer Juzgado de Policía Local de Maipú.
  • Si bien posteriormente el vehículo fue localizado, estaba con daños irreparables, según un informe pericial.

En el juicio

  • El Hipermercado Maipú Tres Poniente nuevamente eludió su responsabilidad en el hecho, tras señalar que el estacionamiento era un servicio gratuito, y que pero a ello tenían cámaras y guardias de seguridad, con el fin de evitar que los consumidores sufrieran robos y hurtos.
  • No obstante, el tribunal señaló que los servicios de estacionamientos del supermercado forman parte del servicio prestado, lo que se confirma con la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones que establece que toda edificación que se construya debe estar dotada de estacionamientos de acuerdo a lo que fije el instrumento de edificación territorial publicado mediante decreto alcaldicio en noviembre del año 2004. Esto significa que la habilitación del estacionamiento por el centro comercial no obedece a una voluntad propia, sino que a estrictas normas que regulan estas materias.
  • El tribunal agregó que en caso que estas normas sean incumplidas, el local no hubiese podido obtener el permiso de edificación, y por ende, no hubiera podido cumplir con su objetivo final de vender bienes y servicios.
  • Asimismo, el juzgado agregó que el supermercado debe contar con las medidas mínimas de seguridad que eviten problemas a los consumidores.
  • En este aspecto, consideró que las medidas de seguridad implementadas por el supermercado resultaron ineficientes al momento de prevenir este tipo de hechos, ya que si bien existían cámaras, éstas no grabaron cuando el auto fue robado, y por su parte, los guardias no fueron capaces de evitar la sustracción del vehículo, más aún, ni siquiera se percataron del hecho y luego tampoco fueron capaces de informarle al consumidor de lo sucedido.
  • Finalmente, el tribunal condenó al Hipermercado Maipú Tres Poniente Limitada al pago de una indemnización de $2.300.000 al consumidor por los daños sufridos, y también le aplicó una multa de 50 U.T.M. (cerca de $1 millón 900 mil) por haber infringido la Ley del Consumidor.

Este fallo

  • Confirma que si bien de los delitos responden los delincuentes, las empresas deben tomar todas las medidas para que los consumidores y sus bienes no sufran daños y responder cuando no es así.
  • La ley es clara y los consumidores tienen derechos, se trate de un servicio pagado o gratuito. Los estacionamientos gratuitos son parte del servicio que entrega la empresa. El éxito de este tipo de negocios no sería tal si no contaran con estacionamientos.
  • Cuando una empresa no hace un buen trabajo, debe responder frente al consumidor o ante la Justicia donde los consumidores tendrán derecho a exigir las indemnizaciones por todos los daños causados.
  • Una empresa profesional debe responder ante el consumidor y prestarle toda la atención necesaria cuando sufre un problema.

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