Consumidora indemnizada por no poder usar tarjeta
Consumidora fue indemnizada luego de que el Banco no le permitiera sacar dinero en el extranjero con su tarjeta de crédito pese a tener un cupo aprobado.
01 de febrero de 2011
Consumidora fue indemnizada luego de que el Banco no le permitiera sacar dinero en el extranjero con su tarjeta de crédito pese a tener un cupo aprobado.
- En noviembre de 2008, Jimena Solovera fue seleccionada como parte del equipo que viajaría a Lima para participar del Campeonato de Natación Máster. Aceptó gustosa pese a que el viaje debía ser costeado por cada participante con la confianza de que podría acudir a su tarjeta Mastercard del Banco Scotiabank para sacar dinero pues contaba con un cupo internacional de US$ 1.000.
- Pero los problemas comenzaron cuando intentó sacar dinero recién llegada a Perú y el cajero le indicó que su cupo era insuficiente. Se vio obligada a pedir dinero a sus compañeros para el taxi e intentó retirar dinero más tarde, pero ocurrió lo mismo una y otra vez.
- Angustiada por la situación, no le quedó más remedio que acudir a la buena voluntad de su grupo, compartir habitación y quedarse encerrada hasta la competencia pues ni siquiera pudo conocer la ciudad por falta de dinero. Más encima, el estrés de la situación perjudicó su rendimiento en el campeonato y no obtuvieron el lugar que esperaban.
- Cuando regresó del viaje, la consumidora decidió ejercer sus derechos en la Justicia y denunció a la empresa al Segundo Juzgado de Policía Local de Providencia.
- Durante el juicio, el Banco argumentó que la consumidora estaba imposibilitada de usar el cupo de la tarjeta desde el 26 de noviembre de 2008 pues se había excedido en el uso de su cupo nacional.
- No obstante, el tribunal desechó la explicación pues la consumidora utilizó la tarjeta el mismo día del viaje, es decir, el 23 de noviembre, por lo que ese día sí debería haber podido sacar dinero. Por otra parte, en ninguna parte del contrato de crédito se especifica esa condición ni se entregaron pruebas de que se le hubiese informado clara y oportunamente a la afectada.
- Por ello, el tribunal consideró que la empresa cometió infracción a la Ley del Consumidor al entregar un servicio de mala calidad al no permitir a la consumidora hacer uso de la tarjeta en el extranjero.
- Finalmente, se sancionó a la empresa con una multa de 15 UTM (más de $560 mil) y la Corte de Apelaciones determinó una indemnización para la consumidora de $3 millones en consideración a las molestias que tuvo que pasar por la negligencia del Banco.
- Para el SERNAC, esta sentencia confirma una vez más que reclamar sirve y que las empresas deben respetar lo convenido con el consumidor entregando un servicio de calidad. Asimismo, reafirma que las empresas deben entregar toda la información sobre las características relevantes del servicio, como es este caso, las restricciones del uso de la tarjeta en el extranjero.