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Justicia condena a laboratorio por rotulación errónea

La Corte de Apelaciones de San Miguel condenó al laboratorio Braun Medical al pago de una indemnización de $ 2.465.713 a un consumidor y a una multa de 50 U.T.M. (cerca de $ 1 millón novecientos mil) por mala rotulación del

19 de mayo de 2010

La Corte de Apelaciones de San Miguel condenó al laboratorio Braun Medical al pago de una indemnización de $ 2.465.713 a un consumidor y a una multa de 50 U.T.M. (cerca de $ 1 millón novecientos mil) por mala rotulación del

  • La denuncia fue interpuesta debido a que el suplemento alimenticio contenía una cantidad de potasio inferior a la señalada en su rotulación.
  • El consumidor afectado señaló que su hijo, que es portador del Síndrome de Down, se alimentaba en ese entonces en un 90% con dicho alimento a través de una sonda. Agregó que tras empezar a ingerir este alimento el niño empezó a sufrir innumerables trastornos en todo su cuerpo, como hemorragias, inflamación renal, cuadros de diarrea, entre otros.
  • Debido a estos malestares el niño fue revisado por distintos doctores del Hospital Sótero del Río, sin que pudieran detectar cuál era el motivo de los trastornos, hasta que la propia empresa reconoció públicamente meses después el problema que afectaba el mencionado producto, pudiendo los médicos finalmente explicarse que los problemas del niño se debían a las partidas del alimento consumido.

Tribunal

  • Tras analizar los antecedentes, el tribunal determinó que el laboratorio cometió infracción a la Ley del Consumidor al señalar que "los productos ADN que comercializaba señalaba en su rotulación una cantidad diversa de potasio y sodio al que efectivamente contenía el producto, lo que claramente evidencia la inexactitud de la información dada por el proveedor al rotular el producto".
  • El tribunal agregó que el consumidor adquirió el producto en determinadas ocasiones pensando que éste contenía lo que señalaba su rotulación, lo que en definitiva no ocurría, lo que produjo que su hijo presentara los cuadros de hipokalemia.
  • Finalmente el Juzgado de Policía Local de San Bernardo, quien llevó la causa en primera instancia, condenó al laboratorio Braun Medical a la indemnización y multa señaladas, lo que fue ratificado posteriormente por la Corte de Apelaciones de San Miguel.

SERNAC

  • El Director (s) Nacional del SERNAC, Sergio Corvalán, valoró esta sentencia señalando que este fallo es muy importante porque confirma que reclamar sirve y que las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para no arriesgar la salud de los consumidores.
  • Agregó que el fallo confirma que los consumidores tienen derecho a que lo que las empresas indican en las etiquetas de los productos sea veraz, comprobable, y que en ningún caso induzca a error o engaño.
  • Finalmente la autoridad recalcó que las empresas deben hacer de la seguridad en el consumo no sólo un elemento distintivo, sino una práctica permanente en el cuidado de sus clientes. Y los consumidores, deben premiar a quienes cuidan de su salud al momento de consumir y castigar a quienes no lo hacen.

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