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Indemnizan a consumidora por inundación de su casa

La Corte de Apelaciones de Copiapó condenó a la empresa Aguas Chañar S.A. al pago de dos millones seiscientos mil pesos a una consumidora y a una multa de 10 U.T.M. (más de $360 mil).

11 de mayo de 2010

La Corte de Apelaciones de Copiapó condenó a la empresa Aguas Chañar S.A. al pago de dos millones seiscientos mil pesos a una consumidora y a una multa de 10 U.T.M. (más de $360 mil).

  • Luego que el colapso del alcantarillado provocara la inundación de su casa, contaminando el inmueble y dañando varios enseres.

El caso

  • Una nauseabunda y desagradable sorpresa vivió Ana Adrover y su familia cuando vieron que se inundaba su casa con aguas servidas, las cuales provenían del baño. Con rapidez sacaron al exterior algunos electrodomésticos pero vieron con impotencia cómo el líquido contaminado mojaba y dañaba el parquet, muros y ropa de los closets, dejando un olor insoportable.
  • De pronto se percataron que incluso se inundaba la sala donde estaban y tras revisar se dieron cuenta que el líquido nauseabundo salía por la tasa del baño, desde el receptáculo de la ducha y del lavamanos, anegando un pasillo y los dormitorios del segundo piso de la casa, escurriendo luego por la escala hacia el primer piso, mojando la sala de estar, un dormitorio de la planta baja y todos los enseres, llegando el nivel del agua a la altura de las rodillas.
  • Luego del terrible incidente, la consumidora se puso en contacto con la empresa, quienes enviaron luego de tres horas después un funcionario, quien tomó algunas fotografías realizando un inventario de los daños ocasionados en el domicilio.
  • Posteriormente otros trabajadores de la empresa llegaron al lugar, desmantelando la escalera, sacando una alfombra empapada de excrementos y realizaron una desinfección parcial del primer piso. También aseguraron a la afectada que la empresa repondría los enseres dañados y para ello, sólo debía contactarse con determinada funcionaria quien avaluaría los daños.
  • Después de algunos contactos, la consumidora envió a la funcionaria un presupuesto que ascendía a $1.621.770 y que incluía el cambio del parquet por un piso flotante más la reposición de los enseres que se habían perdido, como ropa, toallas, etc.
  • Sin embargo, después de varios trámites, la empresa propuso el reemplazo del parquet por cerámica e informó que sólo cubrirían un millón de pesos y que el resto lo tendría que asumir la propia consumidora.
  • Al sentir que la empresa no había cumplido con su palabra, la consumidora interpuso el reclamo en el SERNAC, organismo que tras realizar una mediación desfavorable, denunció los hechos al Segundo Juzgado de Policía Local de Copiapó, haciéndose parte en la causa.

En el juicio

  • La empresa se defendió señalando que el rebalse del alcantarillado se debió a que los propios vecinos del sector lanzaban basuras a las redes, lo que había bloqueado el flujo de las aguas, por lo que no habría negligencia de parte de ellos, y que por otro lado había reaccionado oportunamente una vez ocurrido el incidente.
  • Respecto a la reparación de los daños, Aguas Chañar S.A. señaló que las diversas soluciones que ellos le propusieron a la consumidora no fructificaron por la negativa de ella a encontrar una solución al problema.
  • Sin embargo, el tribunal señaló que tras el peritaje en el que visitó el inmueble afectado, se percató que si bien estaba muy aseado, gran parte del parquet había resultado inutilizable, desprendiéndose varias palmetas tanto del primer como del segundo piso de la casa, y que a pesar de haber transcurrido varios días del hecho, todavía se podía percibir un fuerte olor a excremento debido a que la losa y el parquet se habían filtrado con las aguas servidas, guardando humedad y residuos contaminados.
  • El tribunal agregó que Aguas Chañar S.A. "no puede pretender desconocer que las especies y enseres incluidos en el catastro resultaron dañadas". Añadió que la inundación le provocó a la consumidora daño moral no sólo por los "graves trastornos y molestias que le ha significado vivir durante seis meses en una casa deteriorada, sino por las condiciones inadecuadas de higiene ambiental que ha debido soportar junto a su familia, agravado por la renuencia de la empresa a pagar el valor de las especies deterioradas e imposibles de recuperar al haber sido contaminadas por las aguas servidas.

La condena

  • Por ello, finalmente el tribunal condenó a Aguas Chañar S.A. al pago de una indemnización de $1.621.770 correspondiente al avalúo de los perjuicios conforme al presupuesto y a $1.000.000 más por el desgaste emocional que le significó a la consumidora y a su familia por los daños sufridos y por la negativa de la empresa al reconocer los daños de los enseres perdidos.
  • Asimismo, la justicia la condenó al pago de 10 U.T.M. (más de $360 mil) por infringir la Ley del Consumidor al actuar en forma negligente en la prestación del servicio y haber causado daño a la consumidora.
  • Este fallo confirma que las empresas deben ser profesionales en la prestación del servicio y en caso de hacer mal su trabajo deben compensar a los consumidores afectados por su incumplimiento.

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