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Multan a local de comida

La Justicia condenó a Bravísimo a pagar más de $500 mil pesos de multa luego de vender un plato de ensalada con una araña.

10 de marzo de 2009

La Justicia condenó a Bravísimo a pagar más de $500 mil pesos de multa luego de vender un plato de ensalada con una araña.

  • ¿Qué sentiría usted si al querer disfrutar de una ensalada de atún se encuentra con una araña de rincón muerta colgando de la lechuga? Esa fue la experiencia que vivió Víctor Gallardo cuando decidió concurrir al local de Bravísimo en el mall Alto Las Condes a almorzar junto a su señora e hijo.
  • Al pedir las explicaciones por el insólito hecho, la encargada de atención al cliente le dijo que probablemente la aparición de la araña podía deberse a que el producto se podría haber contaminado en las bodegas del mall.
  • Al no sentirse satisfecho con la respuesta Víctor Gallardo fue al SERNAC, organismo que tras una mediación desfavorable, denunció los antecedentes al Tercer Juzgado de Policía Local de Las Condes.
  • En el juicio la empresa negó que el insecto haya salido de su local ya que éste cuenta con todas las medidas de higiene necesarias para que este tipo de hechos no ocurran. Aseguró además que cuentan con las respectivas autorizaciones del Servicio de Salud del Ambiente, y que tanto las hortalizas y demás alimentos expendidos cuentan con las autorizaciones sanitarias y que sólo emplean productos de primera calidad.
  • Sin embargo, el tribunal desestimó los argumentos de Bravísimo ya que fue un hecho cierto que mientras el consumidor comía su plato de ensalada y que estando en dicho lugar se percató de la existencia de la araña dando cuenta de inmediato de ello a los dependientes del local. Asimismo, la empresa no pudo probar que el insecto no proviniera de su local.
  • En base a lo anterior el tribunal de primera instancia condenó a la empresa por infracción a la Ley del Consumidor al no respetar el derecho que tiene todo consumidor respecto a la seguridad en el consumo y también por el actuar no profesional que causó menoscabo al cliente. El fallo que posteriormente fue ratificado por la Corte de Apelaciones de Santiago.
  • Finalmente, la empresa tuvo que pagar una multa de 15 U.T.M. (casi $550 mil pesos) a beneficio fiscal más una indemnización al consumidor de $6.380 que correspondía al valor del plato.
  • Este fallo confirma que los consumidores tienen derecho a disfrutar de los alimentos sin miedo a que éstos puedan dañar su salud.
  • Asimismo, las empresas tienen que entregar productos de calidad y acreditar que eso es así y tomar todas las medidas necesarias para garantizar esta seguridad, y que en caso de no hacerlo deben responder cuando los consumidores sufren algún daño producto de su incumplimiento.
  • Las personas deben saber, que cuando ocurren estos casos, es importante acudir a la Autoridad Sanitaria para que investigue y ordene los sumarios sanitarios correspondientes, y al mismo tiempo, esto le permitirá obtener los medios de prueba para exigir su derecho a indemnizaciones en tribunales.

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