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Por cambiar malla de carrera

Universidad de las Américas fue condenada al pago de una multa por cambiar unilateralmente la malla curricular de la carrera de periodismo no respetando lo ofrecido y convenido con los alumnos.

05 de mayo de 2008

La acción judicial se originó tras la queja de Francisco Javier Pastenes, quien eligió estudiar Periodismo en la Universidad de Las Américas atraído por la oferta de una mención en Economía y Empresas que incluía la carrera. Pero en 2006, se encontró con la sorpresa de que se había eliminado esa especialidad.

Como no encontró respuesta satisfactoria en la universidad tras su reclamo, decidió recurrir a SERNAC, organismo que tras una mediación desfavorable, denunció los hechos a la Justicia.

Durante el proceso, la institución rechazó los cargos argumentando que el reglamento académico indicaba que la universidad podía cambiar los planes y programas de estudio si así lo aconsejaba el avance científico y/o tecnológico, o así lo estimaran académicamente las autoridades. Por lo tanto, todo cambio es aceptado por el alumno al firmar el contrato.

No obstante, el juez consideró que la universidad al realizar un cambio sustancial en la malla curricular de la carrera de periodismo eliminando una mención, no respetó los términos y condiciones ofrecidos al alumno.

Asimismo, el tribunal de segunda instancia confirmó que los contratos de educación están sujetos a la Ley del Consumidor cada vez que el establecimiento altere sustancialmente en forma arbitraria las condiciones académicas fijadas en los reglamentos internos vigentes cuando se ingresa a una carrera.

Por ello, estimó que la institución efectivamente cometió una infracción a la ley siendo condenada al pago de una multa de 10 UTM.

Esta sentencia confirma que las instituciones de educación superior no pueden hacer arbitrariamente cambios importantes en lo ofrecido al alumno y que deben respetar los términos y condiciones acordadas.

Los alumnos y sus apoderados tienen derecho a que los establecimientos educacionales cumplan lo que prometen y a recibir exactamente el servicio por el que pagaron. Asimismo, es su derecho recibir información veraz y oportuna antes de contratar cualquier servicio.

Recuerde además que las condiciones objetivas anunciadas por estas instituciones, se transforman en parte del contrato. Por lo tanto, ante cualquier promesa o anuncio de una institución educacional, los consumidores pueden exigir su cumplimiento. Por ejemplo, si promete una biblioteca, salas con computadores o determinada infraestructura, debe cumplirlo.

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Mercados: Universidades

Tipo de producto: Carreras

Proveedor: Universidad De Las Americas - Udla

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