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Autopista sancionada por realizar cobros indebidos

La Corte de Apelaciones de Santiago, multó a la Autopista Vespucio Sur por realizar cobros a un consumidor por un vehículo que nunca fue de su propiedad.

02 de mayo de 2008

La Corte de Apelaciones de Santiago, multó a la Autopista Vespucio Sur por realizar cobros a un consumidor por un vehículo que nunca fue de su propiedad.

  • La acción legal se originó a raíz del reclamo de Rubén Villagrán, quien comenzó a recibir cobros por más de $40 mil por transitar por la Autopista Vespucio Sur. El problema era que el vehículo que aparecía en las cuentas nunca fue de su propiedad.
  • Reclamó a la empresa, la que se comprometió a solucionar el problema en 30 días, lo que no ocurrió. Nuevamente reclamó y se le informó que se habían emitido las notas de crédito que anulaban los cobros. Pero en los meses siguientes, siguieron llegando cuentas por el mismo vehículo hasta por $120 mil.
  • Cansado de los problemas, decidió acudir a SERNAC, organismo que tras una mediación desfavorable, denunció los hechos a la Justicia.
  • Durante el proceso, la empresa admitió que se todo había sido un error originado en los sistemas informáticos, pues el dispositivo tag del afectado se asoció a otro vehículo. Por ello, informó que se anularon todas las boletas mal emitidas y se comprometió a que no se repetirían los cobros indebidos. No obstante, señaló que nunca cometieron infracción a la Ley del Consumidor pues ésta no aplica en las autopistas que se rigen por la normativa de concesiones.
  • Pero la Corte de Apelaciones no estuvo de acuerdo con este argumento considerando que la concesionaria sí cometió infracción al cobrar reiteradamente al consumidor por servicios que nunca fueron prestados. Por ello, se le condenó al pago de una multa de 10 UTM (más de $340 mil).
  • Este fallo ratifica una vez más que pese a que las autopistas concesionadas tienen una normativa especial, sus relaciones con los usuarios se rigen por los derechos que fija la Ley del Consumidor y por lo tanto tienen la obligación de entregar un servicio de calidad, de cobrar por el servicio efectivamente prestado y deben responder cuando causan algún daño al consumidor.
  • Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir a SERNAC (www.sernac.cl o 600 594 6000).

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