"Superconsumidora" gana dos juicios contra empresa
Una consumidora decidió denunciar dos veces a su empresa de telefonía por cobros indebidos y por no cumplir con la promoción ofrecida. El tribunal le dio la razón en ambos casos probando una vez más que
10 de diciembre de 2007
Una consumidora decidió denunciar dos veces a su empresa de telefonía por cobros indebidos y por no cumplir con la promoción ofrecida. El tribunal le dio la razón en ambos casos probando una vez más que
- Alejandra Reyes ya había tenido varios problemas con su empresa de telefonía y decidió ejercer sus derechos ante la Justicia a falta de respuestas.
- Su primer dolor de cabeza apareció tras revisar sus cuentas de telefonía y darse cuenta que le estaban cobrando llamadas originadas en un mismo minuto, lo que se repetía en varias de sus boletas. Es decir, según eso, había hecho dos llamadas al mismo tiempo. ¿Cómo era eso posible?
- Cuando pidió explicaciones a la Compañía de Telecomunicaciones de Chile, le dijeron que era "perfectamente posible que se realizaran llamadas en un mismo minuto, pues son en distintos 'minutos segundos" y porque según la empresa, ella había hecho una conferencia tripartita (hablar con varias personas en una llamada). Sin embargo, ella nunca utilizó ese sistema.
- No conforme con tan confusa explicación, Alejandra decidió recurrir al Juzgado de Policía Local de Punta Arenas y ejercer su derecho a denuncia.
- Durante el proceso, la empresa insistió en que es posible facturar llamadas originadas en un mismo minuto por lo que no habrían cometido infracción alguna.
- La afectada por su parte, presentó como pruebas las boletas donde efectivamente aparecen dos llamadas realizadas a las 12:16 horas, la primera con una duración de 1 minuto 35 segundos, lo que hace imposible que haya efectuado un segundo llamado a la misma hora y a un número distinto. En otro día, aparece una llamada de un minuto y medio y otra a la misma hora y al mismo número.
- En vista de esos antecedentes, el tribunal consideró que la empresa no cumplió con su deber de profesionalidad al no realizar los cobros correctamente causándole un perjuicio económico a la consumidora. Por otra parte, la compañía no pudo probar la legalidad de esos cobros.
- Por ello, se le condenó al pago de una multa de 25 UTM (más de $850 mil).
Promoción incumplida
- Pero Alejandra tuvo otro problema con la empresa. Esta vez con su servicio de telefonía móvil, Movistar, con quien mantenía un contrato y juntaba puntos como parte del "club Movistar".
- Llevaba acumulados más de 12 mil puntos que quiso canjear por un juego y una parrilla de picnic. Le informaron que los productos llegarían en 20 días máximo, pero sólo llegó uno de los productos y con bastante retraso. Pidió explicaciones por el incumplimiento de la promoción, pero además de no obtener respuesta satisfactoria, le informaron que no le quedaban puntos porque se los habían descontado igual.
- Por ello, decidió acudir a SERNAC, organismo que tras una mediación sin resultados favorables, la orientó para que acudiera a la Justicia.
- La afectada pudo probar que pese a los reiterados llamados a la empresa, nunca hubo disposición a cumplir con la entrega del producto ofrecido.
- Nuevamente el tribunal le dio la razón multando a la empresa al pago de 10 UTM (más de $340 mil), más una indemnización de $350 mil por el daño moral probado.
- Este caso demuestra una vez más que reclamar sirve, y que un consumidor tiene el "poder" de ejercer sus derechos. La moraleja de esta historia es que las empresas deben cobrar por el servicio realmente prestado, deben cumplir lo prometido y cuando no responden de cara a sus clientes, deberán hacerlo frente a la Justicia.