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Consumidor es indemnizado tras abandono de bus interurbano

Una empresa de buses fue multada y obligada a pagar una indemnización a un consumidor por dejarlo abandonado a su suerte junto a otros pasajeros tras el desperfecto de la máquina.

04 de septiembre de 2007

Una empresa de buses fue multada y obligada a pagar una indemnización a un consumidor por dejarlo abandonado a su suerte junto a otros pasajeros tras el desperfecto de la máquina.

Cuando Juan Mardones compró en febrero del año pasado su pasaje en Buses Fierro con destino a Cochamó, ni se imaginaba las peripecias que tendría que pasar antes de llegar.

El bus salió desde Puerto Montt a las 8:15 de la mañana, pero cuando llevaban unas dos horas de viaje, los neumáticos traseros del vehículo se reventaron y quedó parado en el sector Ensenada.

El conductor llamó a la empresa pidiendo una máquina de repuesto o los neumáticos de recambio para terminar el trayecto, pero no obtuvo resultados. El chofer decidió entonces dirigirse con todos los pasajeros a la tenencia de Carabineros más cercana para que los funcionarios policiales se comunicaran con la empresa y le explicaran la situación pero nuevamente la empresa se negó a enviar alguna solución. En vista de aquello, los Carabineros sugirieron a los pasajeros volver a Puerto Montt por sus propios medios o haciendo dedo.

Pero Juan ya tenía el dedo cansado después de intentar casi cuatro horas que algún vehículo solidario lo llevara porque no tenía plata para pagar otro transporte. Finalmente los mismos Carabineros se apiadaron de él y lo ayudaron haciendo parar una camioneta para que lo llevara.

Molesto con el desinterés de la empresa por hacer algo, Juan decidió recurrir a SERNAC, organismo que terminó denunciando a la empresa al Primer Juzgado de Policía Local de Puerto Montt por considerar que sus derechos estaban siendo vulnerados.

Durante el proceso, la empresa rechazó los cargos sosteniendo que el reventón de los neumáticos fue un hecho fortuito.

No obstante, los testigos confirmaron que una vez ocurrido el desperfecto, la empresa no hizo nada para solucionar el problema y cumplir con el viaje por el que habían pagado, pese a la intervención de Carabineros.

El tribunal confirmó que la empresa cometió infracción a la Ley del Consumidor toda vez que estando obligada a cumplir con el traslado del pasajero hasta el lugar de destino convenido, no prestó materialmente el servicio ni intentó entregarlo causando con ello daño a los consumidores. Asimismo, las fallas del vehículo son completamente imputables a la empresa.

Por ello se le condenó, el 7 de marzo de 2007, al pago de una multa de 5 UTM a beneficio fiscal. Además, debió pagar $2 mil al consumidor como devolución del pasaje, más $300 mil como indemnización por los perjuicios sufridos.

Este fallo confirma que los consumidores tienen derecho a que las empresas cumplan con lo convenido y entreguen el servicio por el que se les pagó en condiciones de calidad y seguridad de manera de no causar daños a los consumidores, así como responder oportunamente ante imprevistos y solucionar los problemas que se generen..

Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, llame al 600 594 6000. Sus consultas y reclamos puede presentarlos en www.sernac.cl

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