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Multas por venta de producto defectuoso

Por negarse a anular la venta de un producto defectuoso, recientemente la empresa Full Cosmos, de Osorno, fue condenada al pago de una multa de 10 UTM y al reembolso de lo pagado por el joven estudiante de derecho, David Sánchez de esta ciudad.

29 de marzo de 2005

El estudiante adquirió un reproductor de CD, VCD y MP3, por el cual pagó $24.990. En las instrucciones del producto, se indicaba que funcionaba tanto conectado a la corriente eléctrica como a pilas. Para mayor seguridad, el joven lo probó en la tienda utilizando un transformador y sin manifestar falla. Pero en su hogar, al instalarle las pilas, el aparato no encendió. Acudió al local para solicitar la anulación de la compra, lo que fue negado por la empresa. Le ofrecieron el cambio del bien, con lo cual vulneraron su derecho de garantía o de la triple opción: reparación, cambio o anulación de la compra.

Por tal razón, y tras una infructuosa mediación en Sernac de la X Región, el consumidor recurrió a los tribunales. El magistrado constató la deficiencia del producto y, aunque no acogió la demanda civil de indemnización por daños y perjuicios, condenó a la empresa al pago de una multa y a la devolución del dinero pagado en la compra. Esta sentencia es definitiva y ejecutoriada, por lo tanto no existen apelaciones pendientes.

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