Justicia condena a Corona por no cumplir con fechas de despachos
La Justicia condenó a multitienda Corona al pago de una indemnización cercana a los 400 mil pesos a un consumidor por no despachar en la fecha comprometida unos productos comprados a través de Internet. Un […]
05 de febrero de 2014
La Justicia condenó a multitienda Corona al pago de una indemnización cercana a los 400 mil pesos a un consumidor por no despachar en la fecha comprometida unos productos comprados a través de Internet.
Un consumidor compró a través de Internet en la multitienda Corona un netbook y una tablet, pagando por ambos productos casi 140 mil pesos.
Sin embargo, y pese a pagar de $3.490 por el despacho, la empresa no cumplió con la fecha comprometida.
Ante esta situación, el consumidor comenzó a llamar al call center y a visitar la tienda en búsqueda de una explicación, sin encontrar una respuesta, por lo que decidió interponer un reclamo ante el SERNAC.
La empresa respondió que procedería a anular la compra efectuada, pero nuevamente no cumplió, por lo que el afectado decidió exigir sus derechos ante la justicia, denunciando el hecho ante el Juzgado de Policía Local de Colina.
Durante el juicio y en su defensa, Corona señaló que el despacho no pudo realizarse por problemas con el servicio externo de transportes. Agregó que sólo se enteró de este caso luego del reclamo presentado por el afectado ante el SERNAC.
Añadió que tras conocer el caso, como compañía se comprometieron a anular la compra y a devolver el dinero a través de un vale vista que el afectado debía cobrar en una sucursal bancaria. No obstante, éste nunca lo retiró, por lo que procedieron a reversar dicho documento.
Sin embargo, hay que recordar que anteriormente al compromiso de la devolución del dinero a través de un vale vista, la empresa le había ofrecido vía correo electrónico al afectado, depositarle el dinero directamente en su cuenta, lo que nunca ocurrió, según las pruebas que acompañó en el juicio el consumidor.
Respecto del no retiro del vale vista por parte del consumidor, el tribunal estimó que para devolver el dinero a través de un documento de este tipo es necesario contar con la autorización del consumidor. Recordó además que los vale vista caducan luego de cinco años, por lo que no se justificaba anular dicho documento a sólo meses de haberlo emitido.
El tribunal recalcó que el hecho de no contestar oportunamente al consumidor y sólo hacerlo luego que éste interpusiera un reclamo ante el SERNAC demuestra que la empresa no desplegó los esfuerzos suficientes para reparar el mal causado.
Finalmente, el Juez indicó que Corona actuó negligentemente al no respetar el plazo de entrega de los productos, por lo que la condenó al pago de una indemnización cercana a los 400 mil pesos por los perjuicios ocasionados al consumidor. Además, le aplicó una multa de 20 U.T.M (cerca de 800 mil pesos), por infringir la Ley del Consumidor.
Para el SERNAC, este fallo confirma que al realizar compras por internet los consumidores tienen los mismos derechos que en cualquier compra o contratación de servicio. Por ejemplo, si la empresa se comprometió a entregar un producto con determinadas características en cierto plazo, es eso lo que el consumidor debe recibir.
Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir al SERNAC (www.sernac.cl o consultar al 600 594 6000).