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Santiago: Justicia condenó a Supermercado Líder por no prevenir caída de consumidora en piso mojado

La Justicia condenó a Supermercado Lider al pago de una indemnización  cercana a los 4 millones de pesos a una consumidora que sufrió una caída debido a que el piso del recinto se encontraba mojado. 

25 de octubre de 2013

Al ingresar al pasillo de perfumes del Supermercado Lider de la comuna de El Bosque, una consumidora sufrió una dolorosa caída luego de resbalarse al pisar el piso que se encontraba mojado con un jabón líquido transparente que se había derramado.

La caída le provocó un fuerte dolor, teniendo que ser trasladada a un centro de salud. Finalmente, a la consumidora le diagnosticaron una luxación, viéndose impedida de trabajar y atender su casa.

Ante esta situación, la consumidora se acercó al SERNAC con el propósito que la empresa se hiciera cargo de los perjuicios ocasionados. Sin embargo, Lider se limitó a responder que ellos ya habían atendido en su momento a la afectada.

Ante esta respuesta, la consumidora decidió acudir a la justicia y denunciar a Supermercado Lider ante el Juzgado de Policía Local de El Bosque, instancia ante la cual SERNAC se hizo parte.

Negligencia de la empresa

Ante el tribunal, el Supermercado Líder indicó que en este caso no había una relación contractual por cuanto "no se realizó acto de consumo alguno que pudiera vincular" a la empresa con la consumidora afectada.

Sin embargo, el juez rechazó los argumentos de la empresa y determinó que la empresa infringió la Ley del Consumidor al actuar con negligencia al no adoptar medidas, señalizar y limpiar el pasillo al existir líquido derramado, lo cual claramente constituía un peligro para cualquiera de los clientes que transitaba en ese momento.

Por dicha razón el juez condenó al Supermercado líder a indemnizar a la consumidora al pago de $3.635.626 por los perjuicios ocasionados; y además multó a la empresa al pago de 30 U.T.M (cerca de $1 millón 200 mil)

Derecho a seguridad en las compras

Para el SERNAC, esta sentencia confirma el derecho básico de los consumidores a que sus compras sean seguras. Esto quiere decir que las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que los consumidores no sufran daños en sus locales de venta. Esto es, por ejemplo, contar con pisos antideslizantes, preocuparse de que las instalaciones no representen riesgos para quienes circulan, que el piso esté seco, que existan salidas de emergencia, y que existan instrucciones claras de seguridad.

De ocurrir un accidente, las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que el consumidor reciba atención adecuada y oportuna y si los consumidores sufren algún daño tienen derecho a ser indemnizados.

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Mercados: Supermercados

Lugar de Chile: Región Metropolitana de Santiago / Santiago / El Bosque

Proveedor: Administradora De Supermercados Hiper Limitada

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