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Santiago: Justicia condenó a Presto por mantener en DICOM a consumidora que repactó deuda

Justicia condenó a Presto al pagó de una indemnización cercana al millón de pesos por mantener a consumidora informada en DICOM pese a haber repactado su deuda y mantenerse al día en las cuotas. Una […]

02 de septiembre de 2013

Justicia condenó a Presto al pagó de una indemnización cercana al millón de pesos por mantener a consumidora informada en DICOM pese a haber repactado su deuda y mantenerse al día en las cuotas.

Una consumidora decidió repactar una deuda de aproximadamente 230 mil pesos que mantenía con la tarjeta Presto.

Para ello canceló un pie de 40 mil pesos y fijó seis cuotas de casi 38 mil pesos, lo anterior luego de que la dependiente de una de las sucursales de la empresa en Santiago le informara que renegociando su deuda, sería eliminada de los registros de DICOM en un plazo de 7 días.

Transcurrido dicho plazo, la consumidora se acercó a una institución bancaria para pedir un préstamo, el que utilizaría para costear los estudios superiores de su hijo, pero éste le fue negado porque estaba en los registros de DICOM.

Extrañada por la situación, ya que ella había repactado su deuda, la afectada se acercó a SERNAC para interponer su reclamo. Tras las gestiones, Presto no accedió a eliminar de los registros de DICOM a la consumidora, indicando que la repactación no implicaba en ningún caso que se extinguía la obligación por parte de la consumidora.

Con repactación deja de haber deuda vencida

Ante esta situación, SERNAC decidió denunciar a Presto ante el Juzgado de Policía Local de Huechuraba.

En su defensa, la empresa mantuvo su postura, agregando que no correspondía eliminar los datos de la consumidora desde el registro de morosidades hasta que pagara la última cuota de lo pactado y que además debía ser la propia consumidora quien hiciera el trámite para ello.

Sin embargo, tras analizar los antecedentes, el juez determinó que al otorgar nuevos plazos y condiciones para el pago, la deuda morosa de la consumidora deja de estar vencida y comienzan a regir nuevos plazos de pago, en este caso la consumidora estaba cumpliendo lo pactado.

El tribunal indicó además que Presto le había causado un menoscabo a la consumidora al mantener su deuda informada en los registros de morosidad, debido principalmente a que no pudo acceder a un crédito que estaba tramitando.

Por esta razón el tribunal condenó a Presto al pago de una indemnización por sobre los $900 mil a la consumidora por todos los perjuicios ocasionados, además de tener que pagar de multa de 10 U.T.M (aproximadamente $400 mil).

Empresas deben cumplir con sus obligaciones

Este fallo, que además fue confirmado por la Corte de Apelaciones, le da la razón a SERNAC y confirma que al repactar se generan nuevos plazos y condiciones, por lo que la deuda deja de estar vencida. Por ello, la empresa debe sacar de los registros de morosidad como DICOM al consumidor que esté pagando sus cuotas y detener las acciones judiciales de cobranza.

La empresa debe respetar lo acordado con el consumidor como los nuevos plazos, números de cuotas, intereses, etc.

Hay que recordar además que la repactación encarece la deuda por los intereses, gastos de cobranza y mayor plazo. No obstante, los consumidores que aceptan una reprogramación de su deuda tienen derecho a que no se les cobre intereses por sobre la Tasa de Interés Máxima Convencional ni los gastos de cobranza superen los topes establecidos en la ley.

Aunque una empresa encargue a un externo las acciones de cobranza o reprogramación de deudas, sigue siendo responsable por los incumplimientos.

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Lugar de Chile: Región Metropolitana de Santiago / Santiago / Huechuraba

Proveedor: Servicios De Recaudacion Presto Limitada

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