Condenan a Automotora Inalco por no señalar stock disponible en promoción publicitada masivamente
Justicia condenó a Automotora Inalco al pago de una multa de 10 U.T.M. (cerca de $400 mil) por haber infringido la Ley del Consumidor al promocionar la venta de autos con la frase “hasta agotar […]
23 de agosto de 2013
Justicia condenó a Automotora Inalco al pago de una multa de 10 U.T.M. (cerca de $400 mil) por haber infringido la Ley del Consumidor al promocionar la venta de autos con la frase "hasta agotar stock" sin indicar la cantidad de productos disponibles.
El 11 de agosto del 2012, a través de un diario de circulación nacional, la automotora Inalco promocionaba la venta de sus vehículos con una serie de condiciones crediticias para los consumidores, pero además incluía la frase "unidades limitadas o hasta agotar stock".
El problema es que no informaba la cantidad de unidades disponibles, por lo que la decisión de venta finalmente quedaba al arbitrio de la propia automotora.
El SERNAC, velando por la protección de los derechos de los consumidores, para que siempre tengan acceso a toda la información relevante y puedan tomar una decisión informada, tras detectar esta situación, denunció el hecho ante el Tercer Juzgado de Policía Local de Providencia.
En el juicio Inalco se defendió de las acusaciones, indicando que la información relacionada con las condiciones crediticias las había entregado correctamente, pero no mencionó nada respecto del stock disponible.
Tras analizar los antecedentes del caso, el tribunal determinó tal como lo indicara el SERNAC, la automotora no informó correctamente respecto del stock disponible de las unidades ofrecidas, fallo que fue ratificado posteriormente por la Corte de Apelaciones de Santiago.
Promociones deben cumplir con la Ley
Para el SERNAC, esta sentencia confirma que las empresas deben ser profesionales, y durante este mes (agosto), donde aumentan las ofertas de crédito automotrices para financiar compras de automóviles considerando el cambio de año de este mercado, deben cumplir estrictamente con los estándares de información establecidos en la Ley del Consumidor.
Esto quiere decir que las empresas que hacen este tipo de ofertas, deben dar a conocer las bases que les permitan a los consumidores acceder a las condiciones relevantes de los créditos, por ejemplo, que se informe la Carga Anual Equivalente (CAE) y el Costo Total del Crédito a pagar, incluyendo el IVA.
También las empresas deben informar las condiciones del crédito, con letra legible y en vertical, y de acuerdo a los parámetros que establece la Ley.
Si se incluye en la promoción frases "hasta agotar stock", se debe indicar el número de productos en promoción.
Recuerde que ante "ofertones", la prudencia es buena compañera. Siempre cotice y compare varias alternativas, ningún crédito es gratis. No olvide que este tipo de créditos lo acompañarán por muchos años.