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Región de Tarapacá: Condenan a Correos a indemnizar a consumidor por perder correspondencia y no dar respuesta

Pese a las múltiples gestiones y tras haberse comprometido con el Sernac a entregar una compensación por el daño causado, la empresa no cumplió.

06 de noviembre de 2012

Vía Correos de Chile, un consumidor iquiqueño envió un sobre a una universidad del sur del país que contenía los documentos exigidos para poder realizar la reprogramación del crédito universitario.

La empresa le aseguró que la encomienda llegaría a su destino en dos días a un costo de $2.780.

Tiempo después, el consumidor se percató por el sitio web de Correos que su correspondencia todavía estaba en Santiago. Y pese a las consultas, no recibió respuesta, por lo que presentó un reclamo ante el Sernac.

Junto con reconocer el extravío de la correspondencia, Correos de Chile ofreció una compensación al afectado, trámite que nunca se concretó.

Por esto, el consumidor decidió exigir sus derechos ante el Primer Juzgado de Policía Local de Iquique, instancia en la que el Sernac se hizo parte.

Desarrollo del juicio

En el juicio, Correos de Chile señaló que no era responsable del hecho, pues el consumidor no podía acreditar que la situación fuera tal como la planteaba el afectado.

Afirmó, además, que la carta sí llegó a su destino dentro de los plazos indicados, pero que el destinatario no retiró el sobre sino hasta varios días después, situación que no es responsabilidad suya.

Y agregó que ellos, como empresa, son regulados por una normativa especial, por lo que la Ley del Consumidor no es aplicable en este caso.

Pero tras analizar los antecedentes aportados por las partes, el tribunal indicó que:

  • La empresa tiene calidad de proveedor de servicios, tal como sucede con las compañías de telecomunicaciones, gas, electricidad, agua potable, seguros, entre otras;
  • Si bien la legislación especial regula indemnizaciones por extravío, los montos son determinados por la misma empresa;
  • La normativa especial no se pronuncia respecto a la reparación por los daños morales que el afectado pudiera sufrir por la mala prestación del servicio.
  • Sí se pudo determinar que los hechos efectivamente ocurrieron, por lo que Correos infringió la Ley del Consumidor.

"Si bien existe un margen de error en todo ámbito de cosas, la demora de Correos de Chile en asumir el extravío y su inoperancia al momento de entregar una compensación al afectado no se justifica, sino, más bien, se trató de una simple renuencia a asumir los perjuicios ocasionados al consumidor", determinó la justicia.

Así, el tribunal condenó a Correos de Chile al pago de una indemnización de $500 mil al afectado y le aplicó una multa de 12 U.T.M. (cerca de $ 480 mil). Este fallo fue ratificado posteriormente por Corte de Apelaciones de Iquique.

Derecho reivindicado: que las empresas cumplan con lo prometido y respondan por errores

Para el Sernac, este fallo confirma que los consumidores tienen los derechos que les entrega la ley en este tipo de servicios, en especial, su derecho a que se cumpla lo comprometido, a que la encomienda llegue en las condiciones pactadas y que la empresa responda por sus errores.

Además de las sanciones, los consumidores tienen derecho a exigir las indemnizaciones que correspondan a todo el daño causado: las molestias, las oportunidades de trabajo perdidas, si lo enviado tenía un valor sentimental, etc.

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