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Condenan a empresa por aplicar cobros indebidos a consumidor tras renunciar a seguro automotriz

La justicia condenó a Presto al pago de una indemnización de un millón y medio a un consumidor.

27 de junio de 2012

La justicia condenó a Presto al pago de una indemnización de un millón y medio a un consumidor.

  • Un consumidor antofagastino contrató un seguro de vehículo en Presto, cuya cobertura era de tres años.
  • Una de las cláusulas del contrato establecía que en caso que el consumidor quisiera terminar anticipadamente el servicio podía hacerlo pagando 0,4 U.F. por cada vez que faltara para completar el período.
  • Debido a que el consumidor no estaba conforme con el seguro, finalmente decide poner término cuando recién llevaba 13 meses. Es decir, tenía que pagar por los 23 cuotas que faltaban, lo que en dinero eran cerca de $200 mil.
  • Sin embargo, a los días Presto le informó que debía pagar casi $320 mil por terminar el seguro. Debido a que el consumidor no estuvo dispuesto a pagar esta cifra, Presto envió sus antecedentes al Boletín Comercial, lo que le significó al afectado no poder acceder a un crédito hipotecario que estaba tramitando.
  • Al sentir que sus derechos habían sido vulnerados por la empresa y al no recibir una respuesta favorable, el consumidor interpuso su queja ante el SERNAC. El organismo realizó, pese a realizar las gestiones para solucionar el problema, no obtuvo respuesta favorable por parte de la empresa.
  • Ante esta situación, el consumidor decidió exigir sus derechos ante la justicia, denunciando el hecho ante el Tercer Juzgado de Policía Local de Antofagasta.
  • El tribunal, tras analizar los antecedentes, determinó que efectivamente Presto infringió la Ley del Consumidor al no respetar las condiciones ofrecidas al consumidor.
  • Finalmente, el tribunal condenó a Presto al pago de una indemnización de $1.500.000 al consumidor afectado. Además, le condenó al pago de una multa de 4 U.T.M. (cerca de $160 mil) por infringir la Ley.
  • El Director (s) Regional del SERNAC, Marcelo Miranda, explicó que este fallo confirma que un seguro es un contrato entre el consumidor y la empresa, el cual debe respetarse.
  • La autoridad regional agregó que las empresas aseguradoras tienen que ser profesionales y deben entregar a los consumidores toda la información sobre las condiciones relevantes del contrato y enviar la póliza.
  • Hay que recordar que el contrato es la póliza que debe contener las reglas del juego o las condiciones relevantes del servicio como el costo o prima, el deducible, la cobertura y especialmente las restricciones o lo que no cubre, dijo Miranda.
  • Es muy importante que los consumidores exijan su póliza, la lean y se informen de las condiciones, en especial de las exclusiones de aquellos aspectos que no va a cubrir el seguro y por su parte, que las empresas entreguen información oportuna y clara que no de origen a dobles lecturas y que respeten lo acordado, finalizó el Director Regional.

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Mercados: Seguros generales

Lugar de Chile: Región de Antofagasta

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