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Condenan a Falabella por negarse a cumplir garantía

La Justicia condenó a Falabella a restituirle a una consumidora una cámara de video nueva por negarse a repararla pese a tener fallas y contar con garantía extendida.

05 de julio de 2012

La Justicia condenó a Falabella a restituirle a una consumidora una cámara de video nueva por negarse a repararla pese a tener fallas y contar con garantía extendida.

  • Una consumidora de Santiago llevó su cámara de video marca Sony al servicio técnico de Falabella para que se la repararan tras una falla en la pantalla LCD, haciendo para ello uso de su garantía extendida, la que había contratado al comprar el producto y estaba completamente vigente al momento de ocurrir el problema.
  • Al llegar un dependiente de la empresa recibió la cámara corroborando que estaba en muy buenas condiciones de mantenimiento pese a la falla, es decir, no tenía rayas ni golpes, quebraduras ni manchas.
  • Al cabo de un mes, la afectada concurrió al servicio técnico para recuperar su equipo. Sin embargo, el funcionario se la devolvió diciéndole que no se la habían reparado, pues tenía una gota de agua en su interior, y que este tipo de fallas no estaban cubiertas por la garantía que ella había contratado. Tampoco le señaló que si tenía o no reparación.
  • Al no obtener respuesta, el afectado decidió exigir sus derechos ante la justicia, denunciando el caso ante el Juzgado de Policía Local de Conchalí. No obstante, pese a ser notificada de la denuncia por la Nusticia, Falabella no concurrió al juicio.
  • Finalmente, tras analizar los antecedentes, el tribunal condenó a Falabella por no respetar los términos convenidos con la consumidora, pues la cámara estaba dentro del plazo de garantía convenido para su reparación, obligándola a restituirle una cámara nueva y de iguales características a la que ella había comprado originalmente y que había fallado. Además, le aplicó una multa de 50 U.T.M. (cerca de 2 millones de pesos).
  • Para el SERNAC, este fallo confirma que las empresas deben respetar lo convenido con el consumidor y establecido en los contratos.
  • La garantía extendida es una especie de seguro que ofrecen las empresas como un servicio adicional que extiende el plazo de la garantía original por un período determinado.
  • Por este servicio se paga un precio y tanto los consumidores como las empresas deben respetar lo que establezca la póliza. Lo importante es que el consumidor tenga acceso a toda la información veraz y oportuna acerca de las condiciones de contratación, los términos de la póliza, restricciones, plazos, costos, cobertura (tipo de fallas que cubrirá), etc.
  • No todas las garantías extendidas serán iguales ni ofrecerán la misma protección por lo que es importante leer el contrato.
  • En caso que las empresas no cumplan con lo comprometido, los consumidores tienen derecho a exigir sus derechos ante la Justicia, quien determinará las compensaciones y sanciones que correspondan caso a caso.

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