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Condenan a Ripley por accidente que dufrió consumidora en local

La Justicia condenó a Ripley de Puerto Montt al pago de una indemnización de casi $300 mil a una consumidora que sufrió un accidente al ingresar a la tienda tras pisar una ranura que había en el piso.

28 de mayo de 2012

Una profesora concurrió a la tienda Ripley, ubicada en el mall Paseo Costanera de Puerto Montt, y tras dejar estacionado su auto en el subterráneo, se dirigió a la puerta de la multitienda.

Al acercarse, pisó una fisura que le provocó una caída que empujó la puerta, la que al cerrarse, golpeó violentamente su cara provocándole mucho dolor y quebrándole los lentes ópticos que llevaba puesto.

Tras el accidente, la afectada se acercó a la tienda para que asumiera su responsabilidad. Si bien uno de los funcionarios del local comercial la acompañó a un centro de salud para que fuera atendida, rápidamente se retiró del lugar, y ella tuvo que asumir los costos.

Al regresar a la tienda para exigir lo que ella consideraba justo, esto es, que se hicieran cargo del costo del reemplazo de sus lentes, recibió como respuesta que ellos no tenía responsabilidad en el hecho, ya que el accidente había sido por el ingreso de los estacionamientos, y por ende, era el mall quien debía asumir.

Al sentir que sus derechos habían sido vulnerados, la consumidora acudió al SERNAC, organismo que realizó una mediación en la que la empresa no entregó solución por lo que la afectada decidió exigir sus derechos ante la justicia, instancia donde el Servicio se hizo parte.

El tribunal, tras analizar los antecedentes, consideró que Ripley actuó con falta de cuidado al no adoptar todas las medidas conducentes a evitar que quienes ingresen a la tienda puedan sufrir accidentes por el mal estado del piso, como sucedió en este caso.

El juzgado agregó que tras el accidente, la consumidora debió incurrir en algunos gastos, entre ellos, adquirir unos lentes que le permitieran recuperar su visión.

Finalmente, el tribunal condenó a Ripley al pago de una indemnización de $270 mil a la consumidora por los daños sufridos. Además le aplicó una multa de 15 U.T.M. a la empresa (cerca de $600 mil) por haber infringido la Ley del Consumidor.

Para el SERNAC este fallo confirma que el derecho básico de los consumidores a que sus compras sean seguras. Las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que los consumidores no sufran daños en sus locales de venta. Esto es, por ejemplo, contar con pisos antideslizantes, preocuparse de que las instalaciones no representen riesgos para quienes circulan, que los maniquíes y repisas estén fijos, que el piso esté seco, que existan salidas de emergencia, y que existan instrucciones claras de seguridad.

En caso de ocurrir un accidente, las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que el consumidor reciba atención adecuada y oportuna, lo que no ocurrió en este caso. Y si los consumidores sufren algún daño tienen derecho a ser indemnizados.

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Mercados: Tiendas por departamento

Lugar de Chile: Región de Los Lagos / Llanquihue / Puerto Montt

Proveedor: Tiendas Ripley (Comercial Eccsa S.A.)

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