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Condenan a constructora por incumplimientos de servicios

La justicia condenó a la empresa “Kao Construcciones y Propiedades” al pago de 15 millones de pesos a un consumidor por haber dejado abandonado y a medio terminar trabajo de ampliación.  

11 de enero de 2012

La justicia condenó a la empresa "Kao Construcciones y Propiedades" al pago de 15 millones de pesos a un consumidor por haber dejado abandonado y a medio terminar trabajo de ampliación.

  • La justicia condenó a la empresa "Kao Construcciones y Propiedades" al pago de 15 millones de pesos a un consumidor por haber dejado abandonado y a medio terminar trabajo de ampliación de la casa del afectado, pese a que se había comprometido originalmente a terminar la obra en 60 días.

  • Eric González contrató a la empresa constructora "Kao Construcciones y Propiedades" para que le realizara la ampliación de su casa. La idea era remodelar el primer piso y construir un segundo nivel.
  • Para que realizara este trabajo, el consumidor le pagó a la empresa $19.500.000. A su vez, ésta se comprometió a terminar las obras en un plazo de 60 días.
  • Al iniciarse los trabajos el consumidor, junto a su familia, tuvo que dejar el inmueble y trasladarse a la casa de sus padres hasta que concluyera el trabajo.
  • Si bien los trabajos empezaron en la fecha comprometida, al poco tiempo el consumidor se dio cuenta de una serie de anomalías referentes a la construcción, tanto en el empleo de materiales como en las capacidades técnicas de las personas que estaban ejecutando el trabajo.
  • Tras entrevistarse con el responsable de la empresa, éste le confesó que no tenía todo el personal requerido para la ejecución del trabajo, pero que dicha situación se normalizaría apenas el afectado le realizara el segundo pago por la obra, cifra que ascendía a $2.925.000. Dicho monto fue transferido inmediatamente por el consumidor a la empresa.
  • Sin embargo, los problemas no terminaron ahí, pues la empresa tampoco cumplió con la tramitación de los permisos municipales para la demolición, edificación y aprobación del proyecto ante la Dirección de Obras Municipales.
  • Asimismo, y debido a que la empresa no se cumplió con el plazo original de entrega, el afectado llegó a un acuerdo con ésta para una nueva fecha, aplazando la recepción del trabajo en casi un mes más, lo que la constructora tampoco se cumplió. Tras esto, y con el ánimo de recibir su casa remodelada, el consumidor accedió a esperar otros 30 días, periodo que la empresa nuevamente no respetó.
  • Finalmente la empresa abandonó el trabajo, dejando las obras inconclusas, impidiéndole al afectado regresar al hogar.
  • Ante este panorama, el consumidor decidió exigir sus derechos ante la justicia, denunciando el hecho ante el segundo Juzgado de Policía Local de Puente Alto.

En el juicio

  • La empresa reconoció que efectivamente las obras quedaron inconclusas debido a problemas de tiempo y con los maestros encargados de realizar la obra. Además reconoció que a la fecha no habían obtenido el certificado de recepción final de las obras y que tampoco le habían entregado boletas o facturas con valor tributario al consumidor por los dineros recibidos.
  • Tras analizar los antecedentes, el tribunal pudo establecer que en la obra se habían empleado materiales inadecuados y que intervinieron personas sin los conocimientos básicos del oficio de la construcción.
  • Finalmente el tribunal consideró que la empresa "Kao Construcciones y Propiedades" cometió infracción al no respetar los términos comprometidos con el consumidor y que actuó con negligencia, por lo que la condenó al pago de una indemnización de $15.000.000 al consumidor afectado. Además le aplicó una multa de 20 U.T.M. (cerca de $800 mil).
  • Este fallo confirma que los consumidores tienen derecho a recibir un servicio de calidad y a que se cumpla al pie de la letra lo acordado. Esto es, los plazos comprometidos, el precio informado, las características del servicio etc.
  • Si un consumidor contrató la construcción de una casa, una piscina, etc. en determinado plazo, eso debe recibir y la empresa debe responder si no es así.

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