Condenan a autmotriz por vender auto usado como nuevo
La Justicia sentenció a la empresa Patagonia Automotriz S.A. de Puerto Montt por haberle vendido a una consumidora un vehículo de exhibición y prueba, pese a que ella había adquirido uno nuevo.
15 de septiembre de 2011
La Justicia sentenció a la empresa Patagonia Automotriz S.A. de Puerto Montt por haberle vendido a una consumidora un vehículo de exhibición y prueba, pese a que ella había adquirido uno nuevo.
El caso
- Todo comenzó cuando Sandra Ampuero Gallardo, domiciliada en la Villa Las Lomas de la Ciudad de Puerto Aysén compró vía telefónica y "online" un vehículo cero kilómetro, marca SSanyong, modelo Actyon, a la concesionaria Patagonia Automotriz de la Ciudad de Puerto Montt, pagando $13.100.000.
- El problema es que cuando la consumidora recibió el vehículo se percató que no era nuevo, pues venía sin los protectores plásticos en los asientos, sin manual ni cuponera de garantía para las revisiones técnicas, el estanque estaba vacío y no con los $10 mil de combustible comprometidos por la empresa, hechos que le provocaron una tremenda decepción.
- Al pedir las explicaciones a la automotora, se le indicó que efectivamente el vehículo no era nuevo, sino que había sido utilizado por varios meses como exhibición y prueba en la ciudad de Puerto Varas.
- Ante este hecho, la consumidora recurrió a un funcionario de la PDI para que revisara el estado en que le había llegado el vehículo. El profesional indicó que éste tenía claros indicios de haber sido usado, venía sucio y manchado en su interior, sin los plásticos de protección, entre otras consideraciones.
- Al no obtener una respuesta por parte de la empresa y al sentir que sus derechos habían sido vulnerados, la consumidora recurrió al SERNAC, organismo que tras no obtener una solución adecuada por parte de la empresa, decidió denunciar el hecho ante el Juzgado de Policía Local de Aysén, haciéndose parte en la causa.
En el tribunal
- La empresa Patagonia Automotriz se defendió de las acusaciones, señalando que a la consumidora se le explicó que tenían un vehículo de ese tipo, el cual se encontraba en la sucursal de Puerto Montt y que estaba siendo utilizado en Puerto Varas como modelo de exhibición. No obstante, la consumidora habría aceptado el trato.
- Respecto de las cubiertas, la automotora señaló que todos los vehículos nuevos se exhiben así por razones de estética. Agregó que al momento de embarcarse hacia Puerto Aysén la camioneta iba limpia, y que se le había desconectado la batería por cuestiones de seguridad. Respecto de los $10 mil en combustible, se habría tratado de un olvido, lo mismo que el no incluir el manual y la garantía, lo cual se corrigió apenas se percataron del hecho.
- Finalmente la automotora enfatizó que el móvil tenía 112 Km recorridos, los cuales se explican por la distancia desde Puerto Varas hacia Puerto Montt, además de la distancia que recorren todos los vehículos al momento de ser importados.
- Sin embargo, tras analizar los antecedentes, el tribunal explicó que la consumidora entendió que al momento de hacer la compra estaba adquiriendo un vehículo nuevo y que nunca fue informada cabalmente que se trataba de un vehículo en exhibición, menos que debía ser trasladado de Puerto Varas a Puerto Montt para ser embarcado a la ciudad de Puerto Chacabuco.
- En este sentido, agregó que se entiende que los vehículos de exhibición son de muestra, por lo que Patagonia Automotriz no respetó el contrato con la consumidora que había comprado un auto nuevo y tampoco informó correctamente a la afectada de las características del modelo que se le estaba vendiendo.
- Finalmente el tribunal condenó a la empresa Patagonia Automotriz S.A. al pago de la indemnización de $1.500.000 a la consumidora por los daños sufridos y a una multa de 25 U.T.M. (cerca de 1 millón de pesos). Este fallo fue confirmado posteriormente por la Corte de Apelaciones de Coyhaique.
El fallo
- Según el SERNAC, este fallo confirma que las empresas deben ser profesionales en la venta de sus productos entregando toda la información veraz y oportuna sobre las características de los vehículos que venden. Si un consumidor compra un auto nuevo, es eso lo que debe recibir o tiene que ser informado que se trata de un vehículo usado o refaccionado. Un auto no es como comprar una camisa o un pantalón; se trata de una inversión importante para los consumidores y las empresas deben ser profesionales.
- Según el organismo las empresas deben responder por todos los daños que las fallas del producto que vendieron provoquen y los consumidores tienen derecho a exigir las indemnizaciones correspondientes por los perjuicios causados, tal como sucedió en este caso.