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Condenan a Cencosud a indemnizar a consumidor por robo de vehículo en estacionamiento

La Justicia condenó a Cencosud al pago de una indemnización de $2 millones ochocientos mil a un consumidor, quien sufrió el robo de su vehículo en estacionamiento del Supermercado Jumbo ubicado en el Mall Portal La Reina.

17 de agosto de 2011

Raúl Cea llegó junto a su esposa al supermercado Jumbo, ubicado en el Mall Portal La Reina, en la Capital, alrededor de las 10 de la noche el día 30 de diciembre del año 2008, dejando su vehículo, marca Nissan Sentra en el estacionamiento del local.

Tras realizar las compras regresaron al estacionamiento, encontrándose con la desagradable sorpresa de que su auto había desaparecido. Tras darles aviso a los guardias y recorrer el lugar, asumieron que éste había sido robado.

Tras esto, dieron cuenta del hecho a Carabineros. Luego, al pedir las explicaciones, el supermercado les señaló que no se hacía responsable de lo ocurrido con su vehículo.

Al sentir que sus derechos habían sido vulnerados, el consumidor concurrió al SERNAC, organismo que decidió denunciar el hecho ante la Justicia, haciéndose parte en la causa, luego de que la empresa no entregara una solución satisfactoria.

En el Juicio

En el juicio, Cencosud se defendió señalando que nos les constaba que el mencionado robo se hubiera producido, menos que éste se hubiese llevado a cabo en su estacionamiento.

Añadió que en caso de haberse producido en sus dependencias tampoco tendrían responsabilidad, por cuanto el estacionamiento que brinda a los clientes constituye una facilidad, pero en ningún caso significa asumir obligaciones de custodia o vigilancia de los vehículos que allí estacionan, ya que no percibe ingreso alguno por el mencionado servicio.

Sin embargo, tras analizar los antecedentes en segunda instancia, la Corte de Apelaciones de Santiago determinó que efectivamente el robo se produjo.

Agregó que el servicio de estacionamiento prestado por el supermercado, es parte del servicio complementario de la empresa para facilitar y atraer a los clientes. De acuerdo a lo anterior, corresponde a la empresa la obligación de custodiar los vehículos estacionados.

La Corte añadió que el robo del vehículo constituye una deficiencia tanto en la calidad como a la seguridad del servicio. En este sentido el supermercado es responsable de adoptar todas las medidas de seguridad respecto de los servicios que ofrece, no pudiendo limitarse sólo a la venta de productos.

Finalmente, el tribunal condenó a Cencosud al pago de una indemnización de $2.806.000 al consumidor por los daños sufridos. Además, le aplicó una multa de 25 U.T.M. (más de $960 mil) a beneficio fiscal por haber infringido la Ley del Consumidor. La Corte Suprema, ratificó el fallo al rechazar un recurso judicial presentado por el supermercado.

Este fallo confirma

Este fallo confirma que los consumidores tienen derechos en los estacionamientos, se trate de un servicio pagado o gratuito, por ende, los carteles en los que la empresa dice no hacerse responsable de daños y robos, no tienen valor.

En el caso de los estacionamientos gratuitos en supermercados o malls, se tratan de servicios que entregan las empresas, por lo que el éxito de este tipo de negocios no sería tal si no contaran con estacionamientos.

Cuando una empresa no hace un buen trabajo, debe responder frente al consumidor o ante la Justicia donde los consumidores tendrán derecho a exigir las indemnizaciones por todos los daños causados.

Si un consumidor es víctima sufre el robo de su vehículo desde un estacionamiento, lo primero que debe hacer es dejar constancia de lo ocurrido en Carabineros, documento que le servirá para el cobro de eventuales seguros o de prueba si decide iniciar acciones legales.

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Mercados: EstacionamientoMall

Tipo de producto: Estacionamiento

Proveedor: Cencosud Retail S.A. (Supermercados Santa Isabel - Jumbo - Jumbo.Cl Internet)

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