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Condenan a Supermercado

Condenan a supermercado al pago de una indemnización de más de $1 millón para una consumidora por haberla acusado erróneamente de haberse robado un kilo de carne.

28 de abril de 2011

Condenan a supermercado al pago de una indemnización de más de $1 millón para una consumidora por haberla acusado erróneamente de haberse robado un kilo de carne.

  • Sonia Echiburú salía del supermercado Unimarc de Iquique cuando de repente fue interceptada por dos guardias de seguridad del recinto, quienes la acusaron de que se estaba llevando entre sus ropas, un kilo de carne sin pagar, lo que era absolutamente falso.
  • Tras negar el hecho, la afectada fue llevada al sector de la carnicería del local, donde uno de los dependientes explicó a los guardias que había un error, pues no era ella la persona que habría cometido el ilícito. Tras manifestarle su molestia al jefe de sala del supermercado, éste sólo se limitó a pedirle disculpas.
  • Al sentir que sus derechos habían sido vulnerados por los guardias del supermercado, debido a la humillación y estrés que sintió al ser detenida y tratada como delincuente, la consumidora interpuso un reclamo en el SERNAC. Este organismo, realizó una mediación sin obtener una solución por parte de la empresa, por lo que finalmente la afectada decidió denunciar el hecho ante el Primer Juzgado de Policía Local de Iquique.
  • El tribunal, tras analizar los antecedentes, señaló que la Ley del Consumidor señala que en caso que se sorprenda a una persona en la comisión de un delito, los funcionarios se limitarán, bajo su responsabilidad, a poner al presunto infractor a disposición de las autoridades competentes.
  • Sin embargo, en este caso, la afectada fue sometida a un procedimiento defectuoso de control por parte del personal de vigilancia del supermercado, lo que claramente atentó contra su dignidad y derechos, además de que la empresa no mostró ninguna intención de compensar el daño provocado a la consumidora, negándose incluso al requerimiento realizado por el SERNAC, aseguró el fallo.
  • Finalmente, el tribunal condenó al supermercado Unimarc al pago de una indemnización de $1.500.000 a la afectada por los daños ocasionados. Asimismo, el juzgado le aplicó una multa de 50 U.T.M (cerca de $1.900.000) por haber infringido la Ley del Consumidor.
  • Este fallo confirma una vez más que en materia de consumo no todo vale y es la Ley del Consumidor quien establece las reglas del juego y no las empresas. También en relación a las políticas de vigilancia.
  • Los responsables de la vigilancia en los establecimientos comerciales tienen la obligación de respetar la dignidad y derechos de las personas.
  • En caso de que los guardias o personal de vigilancia sorprendan a una persona delinquiendo, sólo están facultados para ponerla a disposición de las autoridades competentes como Carabineros o Investigaciones. No están facultados para registrar ni detener a la persona contra su voluntad.
  • Por lo tanto, los consumidores que injustamente son acusados de hechos ilícitos deben exigir la presencia la policía a fin de que se inicie el procedimiento que pueda determinar si existió delito.
  • Asimismo, los guardias deben tener certeza antes de acusar a una persona de robo y contar con las pruebas ya que una afirmación o acción injustificada se convierte inmediatamente en infracción a la Ley del Consumidor que puede ser sancionada.
  • Los consumidores pueden exigir las sanciones e indemnizaciones que correspondan ante Tribunales por los daños sufridos.
  • Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir a SERNAC (www.sernac.cl o 600 594 6000)

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Mercados: Supermercados

Proveedor: Supermercados Unimarc -Rendic Hermanos S.A.

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