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Condenan a multitienda por acusar injustamente de robo

La Justicia condenó a la tienda Ripley de Viña del Mar al pago de una indemnización de 1 millón de pesos a una consumidora que fue acusada injustamente de haber robado un jeans, razón por la cual estuvo detenida junto a

02 de agosto de 2010

La Justicia condenó a la tienda Ripley de Viña del Mar al pago de una indemnización de 1 millón de pesos a una consumidora que fue acusada injustamente de haber robado un jeans, razón por la cual estuvo detenida junto a

  • Jacqueline Irarrázabal junto a su hijita de cuatro años salían Ripley de Viña del Mar cuando repentinamente sonó la alarma de de la tienda y cuatro guardias de seguridad le impidieron el paso, acusándola de haber robado un jeans que en ese momento llevaba puesto.
  • La consumidora no entendía nada, pues si bien se había probado un par de pantalones, finalmente lo que había comprado eran unas pantys y unos aros. En ese momento el trato dado por los funcionarios de seguridad fue pésimo, donde se escucharon gritos, situación que le afectó principalmente a su hija que empezó a llorar desesperadamente.
  • Ante esta situación, la propia afectada llamó a Carabineros, quienes constataron que la acusación era falsa, pues los jeans que ésta llevaba puestos eran de su propiedad, lo que se podía apreciar sin ser experto pues ya estaban algo gastados.
  • Al sentir que sus derechos habían sido vulnerados, la consumidora denunció el hecho ante al SERNAC, organismo que tras realizar una mediación sin resultados positivos, denunció los hechos al Primer Juzgado de Policía Local de Viña del Mar.

En el juicio

  • El tribunal, tras apreciar los antecedentes del caso, determinó que a la consumidora "se le ocasionaron daños morales consistentes en molestias e inconvenientes de diverso orden y daño producto de angustias y sufrimientos ocasionados por el actuar de los guardias".
  • Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Valparaíso fue más tajante aún. El tribunal de alzada señaló que "el trato poco deferente por quienes participaron en el procedimiento de su detención y que finalmente terceros se percataron de la situación desagradable a la que la consumidora fue expuesta, más aún si era acompañada por su hija menor, quien fue testigo presencial del hecho".
  • Finalmente, la Corte señaló que este hecho le causó a la consumidora un "perjuicio que debe ser reparado", condenando de esta forma a Ripley al pago de una indemnización de $1 millón. Además ratificó la multa de 3 U.T.M. (cerca de $100 mil) que había aplicado el Primer Juzgado de Policía Local.

Derechos

  • Esta sentencia confirma que los responsables de la vigilancia en los establecimientos comerciales tienen la obligación de respetar la dignidad y derechos de las personas.
  • En caso de que los guardias o personal de vigilancia sorprendan a una persona delinquiendo, sólo están facultados para ponerla a disposición de las autoridades competentes como Carabineros o Investigaciones.
  • Por lo tanto, los consumidores que injustamente son acusados de hechos ilícitos deben exigir la presencia de Carabineros o Investigaciones a fin de que se inicie el procedimiento que pueda determinar si existió delito.
  • Recuerde que los guardias o personal de seguridad no están facultados para registrar ni detener a la persona contra su voluntad. En el caso de la comisión de un delito flagrante debe ponerse de inmediato a disposición de la Policía.
  • Asimismo, los guardias deben tener certeza antes de acusar a una persona de robo y contar con las pruebas ya que una afirmación o acción injustificada se convierte inmediatamente en infracción a la Ley del Consumidor que puede ser sancionada.
  • Los consumidores pueden exigir las sanciones e indemnizaciones que correspondan por los daños sufridos en Tribunales. Una empresa profesional debe respetar los derechos de los consumidores y responder cuando no hacen un buen trabajo.
  • Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir al SERNAC www.sernac.cl o 600 594 6000).

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