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Condenan a Presto

Justicia condena a Presto por obligar a un consumidor a modificar su contrato de crédito al momento que éste sólo pretendía reemplazar el plástico de la tarjeta del centro comercial.

15 de abril de 2010

Justicia condena a Presto por obligar a un consumidor a modificar su contrato de crédito al momento que éste sólo pretendía reemplazar el plástico de la tarjeta del centro comercial.

  • Hugo Mejías se acercó a Presto Líder con el fin de renovar su tarjeta debido a que ésta presentaba un deterioro normal por el uso dado por el cliente. Sin embargo, se encontró con que para hacerlo debía modificar sus condiciones crediticias con la empresa, la cual incrementaba sus costos mensualmente.
  • Tras pedir las explicaciones del motivo, no obtuvo respuesta satisfactoria, razón por la cual recurrió al SERNAC en busca de una solución. Tras realizar una mediación sin resultados positivos, este organismo denunció el caso ante el Juzgado de Policía Local de Huechuraba.

En el juicio

  • Presto Líder rechazó la demanda señalando que la normativa que regula las empresas emisoras de tarjetas de crédito, no exige impedimento para que el otorgamiento de una tarjeta de crédito quede supeditado a uno o más seguros, pero que por cierto derecho del consumidor elegir la compañía que estime conveniente.
  • Sin embargo, el tribunal rechazó los argumentos de la empresa al señalar que Presto Líder, al cambiar las condiciones, vulneró los derechos del consumidor al modificar unilateralmente el contrato de prestación de servicios y crédito contraído voluntariamente por ambas partes, toda vez que obliga al consumidor a firmar un nuevo contrato para renovar la tarjeta.
  • El tribunal agregó que con esta acción la empresa le provocó daños al consumidor, principalmente relacionado en las molestias y pérdida de tiempo en la búsqueda de la solución al problema, además de la atención indiferente que obtuvo de parte Presto Líder.

Condena

  • Finalmente la empresa fue condenada al pago de una indemnización de $100 mil a beneficio del consumidor y a una multa de 5 U.T.M. (más de $180 mil) a beneficio fiscal.
  • Este fallo confirma que los contratos deben cumplirse y no se pueden modificar unilateralmente, y menos aún si las nuevas condiciones propuestas encarecen el costo respecto al contrato original.
  • Por eso es importante que los consumidores siempre lean detenidamente los contratos y la recomendación es no firmarlos si existen dudas.
  • Por otro lado, tener claras las obligaciones y conocer las condiciones, motivos o formas por las que el contrato pudiera anularse, por ejemplo, mala calidad del servicio, cesantía del contratante, solicitud presencial o telefónica, etc.
  • Asimismo, es importante señalar que las empresas deben hacerse cargo y responder oportunamente ante las dificultades que les crean a sus consumidores, tal como lo señala la Ley del Consumidor.

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Mercados: Tarjetas multitiendas

Tipo de producto: Tarjetas multitiendas

Lugar de Chile: Región Metropolitana de Santiago / Santiago / Huechuraba

Proveedor: Servicios De Recaudacion Presto Limitada

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