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Condenan a automotora

La Corte de Apelaciones de Coyhaique condenó a Automotora Universal al pago de una indemnización de cerca de $3 millones y una multa de 15 UTM (más de $500 mil) por no reparar un vehículo de acuerdo a lo convenido.

22 de marzo de 2010

La Corte de Apelaciones de Coyhaique condenó a Automotora Universal al pago de una indemnización de cerca de $3 millones y una multa de 15 UTM (más de $500 mil) por no reparar un vehículo de acuerdo a lo convenido.

  • Oscar Cárdenas envió su automóvil a la Automotora Universal en la ciudad de Coyhaique para que se lo repararan después de sufrir un volcamiento y quedó confiado en que pronto podría utilizarlo nuevamente. Sin embargo, casi dos años después y al ver el auto frente a su casa sin arreglar, este sentimiento dio paso a la decepción y a la pena.
  • Esta situación fue más grave para el consumidor considerando que le había pagado a la automotora $1.800.000 para que comprara los repuestos. A todo esto se sumaban los costos personales asumidos durante todo ese tiempo al no poder utilizar el vehículo y tener necesariamente que utilizar la locomoción colectiva para movilizare.
  • Todo esto había motivado al consumidor a recurrir al SERNAC en busca de una solución, pero cuando la automotora se enteró, no se le ocurrió nada mejor como represalia que ir a dejarle el vehículo sin arreglar frente a su casa.
  • Ante esta situación, no le quedó otra alternativa que denunciar los hechos al Juzgado de Policía Local de Coyhaique.

El Juicio

  • En el juicio Automotora Universal se defendió señalando que el trabajo no pudo ser realizado debido a la imposibilidad de conseguir la totalidad de los repuestos necesarios, por tratarse de un vehículo de la llamada zona franca.
  • Tras analizar los antecedentes del caso el tribunal rechazó los argumentos de la empresa al señalar que esto no es excusa, ya que si existía una supuesta escasez de repuestos un servicio mecánico responsable no asume el trabajo, ni menos cobra las importantes sumas de dinero, como las que en este caso el dueño del móvil invirtió en la reparación, ni tampoco es justificable que la empresa termine entregando el vehículo a la mala, a escondidas en la madrugada, convertido en chatarra.

La Condena

  • Finalmente, la empresa fue condenada por haber vulnerado la Ley del Consumidor al no cumplir las condiciones establecidas con el consumidor y haber actuado con falta de profesionalidad en la prestación del servicio, debiendo pagar una indemnización de $2.838.300 al consumidor afectado por los daños y perjuicios ocasionados, además de una multa a beneficio fiscal de 15 UTM (más de $500 mil).
  • Este fallo confirma que cuando la empresa hace un mal trabajo, los consumidores pueden exigir la reparación e indemnización adecuada y oportuna de todos los daños morales y materiales de los que hubiese sido víctima.
  • Asimismo, es importante destacar que los consumidores tienen derecho en materia de reparación de automóviles, cuando contratan en el comercio establecido, a que la empresa entregue un servicio de calidad; a que se usen los repuestos adecuados y se informe si son refaccionados o alternativos; a conocer el presupuesto antes de contratar y que se respete; y a conocer la garantía del servicio que no puede ser menos de 30 días.
  • Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir al SERNAC www.sernac.cl o 600 594 6000).

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