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Condenan a inmobiliaria por falla en departamento

La Justicia condenó a inmobiliaria Altair al pago de una indemnización de $9 millones a una consumidora por venderle un departamento que presentó fallas que a su vez implicaron diversas filtraciones de agua, las que a pesar de varios

12 de marzo de 2010

La Justicia condenó a inmobiliaria Altair al pago de una indemnización de $9 millones a una consumidora por venderle un departamento que presentó fallas que a su vez implicaron diversas filtraciones de agua, las que a pesar de varios

  • Al pago de una indemnización de $9 millones para una consumidora fue condenada la inmobiliaria Altair S.A. por venderle un departamento que al poco tiempo de uso presentó una serie de filtraciones que la motivaron a venderlo a un precio bastante inferior al que lo había adquirido.
  • La acción judicial se originó cuando la consumidora Pilar Palacios de la comuna de Ñuñoa, compró un departamento nuevo a un valor de 2.450 U.F. (más de 50 millones de pesos), pero al poco tiempo de uso presentó filtraciones que no fueron reparadas pese a los reiterados intentos por parte de la inmobiliaria.
  • Finalmente, la consumidora decidió exigir sus derechos ante el Primer Juzgado de Policía Local de Ñuñoa.

Tribunales

  • En el juicio, la inmobiliaria Altair S.A. se defendió señalando que si bien existen falencias en el departamento, éstas fueron de carácter menor y afirmó que cumplieron a cabalidad la garantía que establece la Ley de la Calidad de la Construcción, puesto que realizaron las reparaciones necesarias, incluso reformas estructurales, y que si existe daño "éste es consecuencia del caso fortuito".
  • Sin embargo, el tribunal rechazó los argumentos de la empresa, ya que las fallas del inmueble le provocaron a la consumidora afectada una serie molestias y enfermedades producto de las filtraciones, además de la desvaloración del precio del inmueble al tener que venderlo a un menor precio que ella lo había adquirido, lo que fundamentó la condena que finalmente le aplicó a la empresa.
  • La sentencia confirma que la Ley del Consumidor tiene aplicación en materia de vivienda cuando ésta no cumple lo prometido o tiene problemas que causan daño al consumidor.

Ley de calidad de la vivienda

  • Adicionalmente, existe la Ley de Calidad de la Vivienda establece el derecho a la garantía con plazos determinados según los daños o desperfectos que se presenten en el inmueble nuevo.
  • Esto significa que cuando se producen problemas en las terminaciones (papel mural, guardapolvos etc.), los consumidores tienen derechos durante los primeros 3 años; cuando las fallas son en las instalaciones (eléctricas, de agua, gas etc.), el plazo se extiende durante los primeros 5 años. Finalmente, si se trata de problemas estructurales las empresas inmobiliarias están obligadas a responder durante los primeros 10 años desde la compra de la vivienda.
  • Hay que recordar que cuando las fallas afectan a un conjunto habitacional, existe la posibilidad de ejercer las acciones colectivas contempladas en la Ley del Consumidor.

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