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Condenan a multitienda por no entregar información en venta de televisores

La Justicia condenó a Falabella por no entregar a los consumidores información relevante en la compra de televisores LCD y plasmas como es el hecho de que no existía norma de tv digital en Chile y que la imagen no se vería n

15 de febrero de 2010

La Justicia condenó a Falabella por no entregar a los consumidores información relevante en la compra de televisores LCD y plasmas como es el hecho de que no existía norma de tv digital en Chile y que la imagen no se vería n

  • La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que sanciona a Falabella al pago de una multa de 30 UTM por la no entrega de información veraz y oportuna a los consumidores en la venta de televisores plasma y LCD, pues a la fecha de la denuncia la norma de televisión digital no se había adoptado todavía en Chile.

Acción judicial

  • La acción judicial se originó con la denuncia del SERNAC tras un estudio del 2008 que detectó que en algunos de los locales de venta de la empresa no se informaba a los consumidores que el televisor que pretendían comprar no necesariamente sería compatible con la norma digital que a esa fecha todavía no se adoptaba en el país, ni con la calidad de imagen de la televisión abierta del actual sistema.
  • Como todavía a esa fecha no se definía el estándar oficial para la operación de la televisión digital y la calidad de la imagen, a juicio del SERNAC, debía advertirse a los consumidores esa situación como un aspecto relevante antes de comprar.
  • Por otra parte, fundamenta el SERNAC en la demanda, los televisores se muestran con imágenes que provienen de clips publicitarios en formato DVD de alta resolución que distan mucho de la calidad que el consumidor verá cuando llegue a su casa y sintonice la televisión abierta, lo que nunca le es informado.
En el juicio
  • La empresa argumentó durante el juicio, que a la fecha del estudio se desconocía la norma de emisión de televisión digital que se adoptaría en el país, por lo tanto no se podría sancionar la incompatibilidad de los televisores, y por otra parte, no se acredita que la calidad de imagen que se obtenga en un LCD o plasma diste de las emisiones actuales de televisión.
  • No obstante, el tribunal consideró que se podía ver claramente que los televisores analizados no informaban el precio, ni la tecnología de la señal digital, como tampoco se hace advertencia alguna de la no existencia de la norma hasta esa fecha. Tampoco se informa que al usar señales no digitales con dichos aparatos, no se va a obtener la misma resolución de la tienda.
  • Agrega que para un televisor de alta definición digital, es un atributo esencial el hecho de que quien lo compre pueda obtener señales digitales y de alta resolución de inmediato, tanto por la señal abierta como por el cable. "El no tener definida la norma de tv digital a la fecha del estudio, significa que no podían ser usados o aprovechados íntegramente, es decir, con las funciones, operaciones y calidad que el fabricante señala ya que es evidente que la calidad de imagen o de alta resolución es mejor que el sistema actual vigente en el país al tener mejor definición de imagen".

Condena

  • "Tal hecho es absolutamente relevante para el consumidor ya que afecta el desempeño normal del televisor en comento, ya que es obvio que si no existe una transmisión o emisión de alta resolución, el televisor receptor tampoco puede tenerla" y concluye que tal situación debe ser informada al consumidor, lo que no ocurrió en este caso. Por ello, se condenó a Falabella al pago de 30 UTM a beneficio fiscal.
  • La sentencia confirma que los consumidores tienen derecho a conocer antes de comprar, la información relevante sobre los productos, que en este caso implica que el televisor LCD no se verá necesariamente como en la tienda, y que al no estar definida la norma digital en ese momento, probablemente se necesitará decodificador si no coincide con la del aparato.

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