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Condenan a local por descarga eléctrica sufrida por niña

La Justicia condenó a Sodimac al pago de dos millones de pesos de indemnización por una descarga eléctrica sufrida por una menor de 9 años al momento de tocar una lámpara que estaba en exhibición en el local co

19 de noviembre de 2009

La Justicia condenó a Sodimac al pago de dos millones de pesos de indemnización por una descarga eléctrica sufrida por una menor de 9 años al momento de tocar una lámpara que estaba en exhibición en el local co

  • Ingrid Gómez fue en compañía de su pareja Sergio Hernández y sus dos hijas, Lourdes de nueve años y Juana de apenas de cinco meses al local de SODIMAC de La Serena con el fin de realizar unas compras. Pero sólo bastó que la mayor de las niñas tocara la base de una lámpara "Princesas" para recibir una terrible descarga eléctrica.
  • Tan fuerte fue el shock eléctrico que lanzó a la niña al suelo, provocándole mucho dolor en la mano y un tremendo susto. Con el fin de investigar lo sucedido, Sergio Hernández tocó el aparato, recibiendo también una fuerte descarga, procediendo de inmediato a llamar a los funcionarios de la tienda.
  • Uno de los que llegó al lugar fue el paramédico del local, quien llevó a la niña a la enfermería. Este profesional, sin mediar diagnóstico y con tan sólo un simple examen visual, le suministró a la menor un analgésico y le aplicó un ungüento mentolado sobre su mano afectada, señalándole a la madre de la niña que él no veía nada y que podía irse sin ningún problema.
  • Al considerar que el diagnóstico había sido irresponsable y sin supervisión médica, los padres de la niña pidieron hablar con el gerente de Sodimac, quien al darse cuenta de la gravedad del hecho los llevó en su propio vehículo a una clínica de la ciudad de La Serena.
  • En el centro médico, a la niña le realizaron exámenes de orina, pruebas hepáticas, de sangre y electrocardiograma debido a que este tipo de descargas pueden provocar daños internos a los órganos, en especial al corazón, los cuales no se aprecian a simple vista. Finalmente el profesional diagnosticó quemaduras y le recetó un medicamento a fin de disminuir el dolor.

Juicio

  • Debido al sufrimiento, angustia y daño provocado por la negligencia de la empresa, la familia recurrió al SERNAC en busca de una solución, entidad que tras realizar una mediación desfavorable, remitió los antecedentes al Segundo Juzgado de Policía Local, haciéndose parte en el juicio.
  • En el juicio la empresa desestimó los cargos en su contra señalando que no les constaba que la niña hubiese sufrido el incidente, ya que una vez sucedido el supuesto accidente habían sacado el producto de exhibición y tras realizarle un análisis técnico no tenía ningún desperfecto.
  • Por otro lado, Sodimac señaló que la madre afectada exageraba los hechos y que por otro lado es responsabilidad de los adultos responsabilizarse por los niños. Resaltó además que ellos le prestaron toda la ayuda necesaria a la consumidora, asumiendo los costos de los exámenes y medicamentos.

Sentencia

  • Sin embargo, el tribunal desestimó los argumentos de la empresa. Explicó que el centro comercial cometió infracción por su negligencia y poca acuciosidad en la mantención de los productos que se exhiben al público en los pasillos del recinto comercial.
  • Finalmente y considerando las molestias físicas y sicológicas que sufrió la menor como también el realizar primeros auxilios sin supervisión médica y aplicar medicamentos a la menor, desconociendo la naturaleza, el nombre y la calidad de los mismos, el tribunal condenó a Sodimac al pago de una indemnización de $2.000.000 a la consumidora afectada. Además le aplicó una multa de 3 U.T.M. (más de cien mil pesos) a beneficio fiscal.
  • Este fallo confirma que los consumidores tienen derecho a que sus compras sean seguras y no pongan en riesgo su salud o seguridad. En este sentido, las empresas deben contar con pisos antideslizantes, preocuparse de que las instalaciones no representen riesgos para quienes circulan, que existan salidas de emergencia, que los productos estén fijos de manera de no poder caer sobre los clientes etc.
  • Asimismo, de ocurrir un accidente, las empresas tienen la obligación de tomar todas las medidas para que el consumidor reciba atención adecuada. Cuando esto no se produce las personas afectadas tienen derecho a ser indemnizados adecuadamente, compensaciones que determinará un tribunal basado en las pruebas.
  • Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir al SERNAC (www.sernac.cl o 600 594 6000)

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