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Condenan a supermercado por robo de auto

La Corte de Apelaciones de San Miguel condenó al supermercado Gran Avenida al pago de $2.500.000 de indemnización a un consumidor por el robo de su auto desde el estacionamiento del centro comercial.

10 de noviembre de 2009

La Corte de Apelaciones de San Miguel condenó al supermercado Gran Avenida al pago de $2.500.000 de indemnización a un consumidor por el robo de su auto desde el estacionamiento del centro comercial.

El fallo confirma que las empresas tienen que tomar todas las medidas para que ni los consumidores ni sus bienes sufran algún daño o responder si no hacen bien su trabajo.


  • Roberto González dejó su auto modelo Nissan V-16 en el estacionamiento del supermercado Gran Avenida, comuna de San Miguel, mientras ingresaba al local a comprar algunos productos que necesitaba. Sin embargo, al regresar se percató que su vehículo había desaparecido.
  • Tras pedir las explicaciones, el consumidor se encontró con la negativa del supermercado de asumir responsabilidad alguna ante lo ocurrido. Al sentir que sus derechos estaban siendo vulnerados, recurrió al SERNAC en busca de una solución. Este organismo, tras realizar una mediación desfavorable, denunció el hecho ante el Juzgado de Policía Local de San Miguel.


Juicio

  • En el juicio, el supermercado Gran Avenida se defendió señalando no tener responsabilidad en el hecho por cuanto "no cobra precio o tarifa alguna por el uso de los estacionamientos y que el robo se debió a un caso fortuito".
  • Sin embargo, el tribunal rechazó los argumentos del centro comercial, ya que la empresa por ley "se encuentra obligado a construir estacionamientos para el uso de la clientela".
  • El juzgado agregó agrega además que el robo del vehículo no se trató de un hecho fortuito como alega el supermercado, sino más bien fue el resultado de un mal servicio entregado por parte del supermercado al no haber puesto una adecuada vigilancia en el lugar. El tribunal llegó a esta conclusión al considerar la declaración de la propia empresa que señaló que "los guardias de los estacionamientos realizan cierta vigilancia, reconociendo de ese modo que ella no es acuciosa".


Condena

  • Por los motivos expuestos, el juzgado condenó al supermercado Gran Avenida al pago de una indemnización de $2.500.000 por daños y perjuicios al consumidor afectado, y además le aplicó una multa a beneficio fiscal que la Corte de Apelaciones de San Miguel estimó en 5 U.T.M (más de $180 mil).
  • Este fallo confirma que sin perjuicio de que de los delitos responden los delincuentes, los carteles en los que las empresas dicen no hacerse responsable de daños y robos, no tienen ningún valor.
  • Estos derechos son válidos también en estacionamientos gratuitos que ofrecen las empresas como servicio accesorio. Los tribunales han confirmado que si bien no se cobra por el estacionamiento, éste es parte del servicio que presta la empresa a sus clientes y por lo tanto es responsable de tomar todas las medidas necesarias para evitar robos o daños. Eso significa, guardias, cierres perimetrales, cámaras de vigilancia, entre otras medidas.
  • Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir al SERNAC (www.sernac.cl o 600 594 6000)

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