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Condenan a supermercado

Justicia condenó al supermercado Santa Isabel a pagar una indemnización de $ 200 mil para una consumidora por venderle una bolsa de pan de molde que contenía restos metálicos en su interior, lo que le provocó d

03 de noviembre de 2009

Justicia condenó al supermercado Santa Isabel a pagar una indemnización de $ 200 mil para una consumidora por venderle una bolsa de pan de molde que contenía restos metálicos en su interior, lo que le provocó d

Inés Conei, compró en el supermercado Santa Isabel de Puerto Varas una bolsa de pan de molde de la línea Ideal, pero al momento de consumirlo sintió un fuerte dolor en sus encías, comprobando que en el interior habían varías partículas de metal, al parecer eran virutillas, situación que la obligó a concurrir a un odontólogo para que le retirara los restos del material que se le habían incrustado.


  • Al pedir las explicaciones en el supermercado, la atendió un subgerente, quien tras reconocer el hecho, le repuso el dinero gastado en el analgésico, prometiéndole a su vez una respuesta de lo ocurrido en unas semanas. Pasaron meses y la respuesta nunca llegó.
  • Al sentir que sus derechos habían sido vulnerados la consumidora decidió recurrir a la Justicia en busca de una respuesta.

Juicio

  • En el juicio que se desarrolló en el Juzgado de Policía Local de Puerto Varas el supermercado Santa Isabel se defendió diciendo que ellos le habían restituido el dinero del medicamento que la consumidora había gastado. Además, señalaron que en este caso no había existido ninguna negligencia alguna por parte de ellos por cuanto se trataba de un producto sellado y que no podían abrir cada uno de ellos para verificar que no tuvieran impurezas.
  • Sin embargo, el tribunal rechazó los argumentos del supermercado, señalando que si bien es cierto que el local no puede abrir los productos sellados para verificar su inocuidad, tampoco es culpa del consumidor encontrar sustancias extrañas en los alimentos que adquiere, y que la ocurrencia de este tipo de hechos es un riesgo que el proveedor debe asumir como parte de su actividad comercial.
  • Respecto a la responsabilidad del fabricante del producto, en este caso Ideal S.A., el juzgado explicó que la Ley señala que ante el consumidor responde quien vende el producto y no quien lo fabricó, por lo tanto, posteriormente será la empresa quien debe entenderse con quien le provee los productos.
  • Asimismo, el tribunal señaló que es derecho básico del consumidor la reparación adecuada y oportuna de todos los daños materiales y morales en caso de cualquier incumplimiento por parte del proveedor.

Indemnización y multa

  • Por ello, el tribunal condenó al Supermercado Santa Isabel, perteneciente al holding Cencosud, al pago de una indemnización de $200 mil a la consumidora afectada por los daños causados por el producto adulterado. Además, le aplicó una multa de 5 U.T.M. (más de $180 mil), dinero que ingresará a las arcas municipales de Puerto Varas. La sentencia definitiva fue pronunciada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.
  • Este fallo confirma una vez más que las empresas deben responder cuando los consumidores sufren algún daño producto de su incumplimiento.
  • Asimismo, los consumidores deben saber que cuando ocurren estos casos, es importante acudir a la Autoridad Sanitaria para que investigue y ordene los sumarios sanitarios correspondientes, y al mismo tiempo, esto le permitirá obtener los medios de prueba para exigir su derecho a indemnizaciones en tribunales. También pueden hacer su reclamo en el SERNAC.
  • Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir al SERNAC (www.sernac.cl o Fono Consulta 600 594 6000).

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Mercados: Supermercados

Proveedor: Cencosud Retail S.A. (Supermercados Santa Isabel - Jumbo - Jumbo.Cl Internet)

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