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Condenan a Ripley por enviar a consumidor a Dicom pese a tener deuda al día

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a Ripley al pago de una multa de cerca de dos millones de pesos por enviar a DICOM a un consumidor por una supuesta deuda en mora. El consumidor, pese a estar sin trabajo, estaba pagando lo adeudado.

14 de octubre de 2009

No es fácil quedar sin trabajo y tener que pagar las deudas para que más encima lo envíen a Dicom por error. Eso es lo que le pasó a Roberto Abarca santiaguino que estando sin trabajo, y pese a haber hecho uso del seguro de cesantía contratado con Ripley para tener sus cuentas al día, fue enviado al registro de deudores por una supuesta deuda que mantenía con Ripley.

Pese a los reiterados reclamos el consumidor no obtuvo solución a su problema por lo que decidió acudir al SERNAC, organismo que tras realizar una mediación desfavorable denunció los hechos ante el Primer Juzgado de Policía Local de Santiago.

En el juicio se estableció que el consumidor efectivamente tenía contratado un seguro de cesantía, el cual establecía que la aseguradora debía pagar por cada mes de desempleo una cuota, como máximo de seis, con un tope de 13,3 U.F (esto es más de $270 mil) por cada pago, con un tope total de 80 U.F. Con estos ingresos el consumidor pudo cumplir sus compromisos económicos, entre ellos el pago mensual de su cuenta en Ripley por lo que no había deuda impaga.

Sentencia

Al analizar los antecedentes el tribunal determinó que le parecía contrario a toda lógica que la empresa informara la deuda al boletín comercial como morosa si el consumidor no lo estaba, por lo que con dicha acción infringió la Ley del Consumidor al no respetar las condiciones establecidas y al mismo tiempo actuar con descuido en la prestación del servicio.

Por estos motivos el Juzgado condenó a Ripley al pago de una multa de 50 U.T.M (más de un millón ochocientos mil), a beneficio fiscal. Esta sentencia posteriormente fue ratificada por la Corte de Apelaciones de Santiago.

Este fallo ratifica que las empresas deben ser profesionales en la prestación de sus servicios y que ante errores deben responder de cara a los consumidores o ante la Justicia.

Por otra parte, este tipo de situaciones reafirman la necesidad de aprobar el proyecto que pretende modificar la Ley del Consumidor y que está en trámite en el Congreso, pues ello permitirá que cuando existan sentencias condenatorias como éstas, los consumidores sean automáticamente compensados con una reparación mínima, independiente de las acciones complementarias que determine el Tribunal. Pero lo más importante, las empresas no podrán volver a cometer las mismas infracciones.

Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir al SERNAC www.sernac.cl o 600 594 6000

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Mercados: Tiendas por departamento

Tipo de producto: Seguro de cesantia / incapacidad temporal

Proveedor: Seguros Ripley

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