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Condenan a Sodimac por robo de piezas de motor de auto desde estacionamiento

La Corte de Apelaciones de San Miguel condenó a Sodimac por el robo que sufrió un consumidor de distintas piezas del motor de su automóvil en el estacionamiento de la tienda.

06 de octubre de 2009

La Corte de Apelaciones de San Miguel condenó a Sodimac por el robo que sufrió un consumidor de distintas piezas del motor de su automóvil en el estacionamiento de la tienda.

Cuando Emilio Pérez regresó al estacionamiento de Sodimac después de hacer algunas compras, se encontró con la desagradable sorpresa de que el capot de su automóvil había sido abierto.


  • Tras chequear el vehículo se dio cuenta que le habían robado distintas piezas del motor, entre ellas el flujómetro, el distribuidor completo y el filtro de aire. Fue a reclamar a los guardias del lugar, quienes le explicaron que la empresa no se hacía responsable por este tipo de hechos.
  • Al sentir que sus derechos no estaban siendo respetados, acudió al SERNAC en busca de una solución. Este organismo, tras realizar una mediación sin resultados positivos, denunció los hechos al Juzgado de Policía Local de San Miguel, haciéndose parte en la causa.

En el juicio

  • En el tribunal, Sodimac se desligó de las acusaciones al considerar que no habían antecedentes suficientes que acreditaran los hechos. Además, la tienda negó haber actuado en forma descuidada, ya que los estacionamientos son lugares abiertos al público, por lo que no corresponde a la empresa asumir la responsabilidad antes un hecho realizado por terceros.
  • Tras analizar los antecedentes el tribunal rechazó los argumentos al considerar que Sodimac es una empresa cuyos estacionamientos le permiten captar una mayor clientela, lo que redunda en un mayor éxito en las ventas, razón por la cual debe poner un máximo cuidado en la vigilancia de sus estacionamientos, lo que en el caso del afectado no ocurrió.

Sentencia

  • Por los motivos anteriores el tribunal determinó que la empresa cometió infracción a la Ley del Consumidor y condenó a la empresa al pago de una indemnización de $150 mil al consumidor por los daños y perjuicios ocasionados, y además le aplicó una multa de 9 U.T.M. (cerca de $350 mil) a beneficio fiscal. Este fallo fue ratificado posteriormente por la Corte de Apelaciones de San Miguel.
  • Este fallo ratifica que si bien no se cobra por el estacionamiento, éste es parte del servicio que prestan las empresas a sus clientes, y por lo tanto son responsables de tomar todas las medidas necesarias para evitar robos o daños. El éxito de este tipo de negocios no sería tal si no contaran con estacionamientos.
  • Asimismo, el dictamen confirma que sin perjuicio de que de los delitos responden los delincuentes, los carteles en los que la empresa dice no hacerse responsable de daños y robos no tienen valor.
  • Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir al SERNAC www.sernac.cl o 600 594 6000).

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