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Condenan a Ripley por no respetar garantía

La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a Ripley al pago de una multa de más de $1 millón 700 mil por no permitir el cambio de una lavadora que salió mala.

24 de septiembre de 2009

María Isabel Vega compró una lavadora en Ripley y al día siguiente la recibió en su domicilio, pero al intentar usarla se dio cuenta que no funcionaba. Tres días después la consumidora fue a la tienda a pedir cambio del producto a lo cual la empresa se negó, ofreciéndole como opción única la reparación del artefacto, lo que tampoco se cumplió.

Al sentir que sus derechos estaban siendo vulnerados, María Isabel Vega concurrió al SERNAC en busca de una solución, organismo que tras realizar una mediación con resultados desfavorables, denunció el hecho ante el Cuarto Juzgado de Policía Local de Santiago, haciéndose parte en la causa.

En el juicio

En el juicio Ripley se defendió diciendo que cuando la consumidora reclamó pidiendo el cambio del producto había transcurrido un plazo mayor a los tres meses que establece la Ley del Consumidor para ejercer la garantía legal, razón por la cual había negado dicho derecho.

Sin embargo, tras analizar los antecedentes, el tribunal rechazó la versión de la empresa, ya que el reclamo interpuesto en el SERNAC por la consumidora estaba fechado en un plazo inclusive menor al mes desde que se realizó la compra.

El tribunal agregó además que Ripley provocó "claramente un menoscabo a la consumidora" y no dio cumplimiento a la Ley, demostrando falta del debido cuidado. Por ello condenó a la empresa al pago de una multa de 45 U.T.M. (más de $1 millón 600 mil) a beneficio fiscal, fallo que fue ratificado posteriormente por la Corte de Apelaciones de Santiago.

Además el fallo considera que la empresa tuvo un actuar negligente al no tener pruebas de sus alegatos.

Derecho a garantía

La sentencia confirma que todos los productos nuevos que salen malos, tienen una garantía de al menos 3 meses desde su recepción, lo que implica que el consumidor puede elegir entre cambiar el producto, repararlo o recuperar el dinero, ante fallas cuya responsabilidad sea del proveedor y que impidan el uso del producto,sin perjuicio de lo que indique la póliza de garantía voluntaria.

Generalmente, en el caso de los electrodomésticos, los proveedores ofrecen un plazo adicional o garantía voluntaria que amplía esa cobertura y usualmente exige ciertas condiciones, como reparar el producto en servicios técnicos autorizados. Este plazo ofrecido voluntariamente es obligatorio ante los ojos de la ley y la empresa debe responder por los desperfectos durante el período comprometido.

Es más, los mismos Tribunales han aplicado los derechos de cambio y devolución de un producto cuando falla en el período de garantía voluntaria, es decir, después de los tres meses, porque lo que importa es que se custodie la calidad de los bienes durables.

La garantía voluntaria, sin embargo, sólo rige cuando ha sido informada al consumidor en un documento, boleta, póliza o en la información consignada en el producto o empaque.

En caso contrario, el consumidor tiene derecho a elegir entre la devolución del dinero, el cambio del producto o la reparación, sin perjuicio de solicitar además que le reparen las molestias que esto lo pueda provocar.

Proyecto de ley

Este tipo de situaciones confirman la necesidad de aprobar el proyecto que pretende modificar la Ley del Consumidor y que está en trámite en el Congreso, pues ello permitirá que cuando existan sentencias condenatorias como éstas, los consumidores sean automáticamente compensados con una reparación mínima, independiente de las acciones complementarias que determine el Tribunal.

Asimismo, las empresas no podrán volver a cometer las mismas infracciones, situación que será vigilada por el SERNAC.

Para conocer sus derechos y saber cómo ejercerlos, puede acudir al SERNAC www.sernac.cl o 600 594 6000.

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Mercados: Tiendas por departamento

Tipo de producto: Lavadoras y secadorasLinea blanca (ej. cocina, refrigerador, lavadora)

Proveedor: Tiendas Ripley (Comercial Eccsa S.A.)

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